Valoración de la prueba psicológica y vulneración del principio de seguridad jurídica en delitos de violencia familiar, Junín – 2020

Descripción del Articulo

El objetivo de esta investigación fue analizar la incidencia de la valoración de la prueba psicológica en la vulneración del principio de seguridad jurídica en casos de violencia familiar en Junín durante 2020. La metodología adoptada abarcó un enfoque cualitativo, respaldado por una postura epistem...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Peña Cordova, Ruth Denys
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/8558
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/8558
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Peritaje psicológico
Valoración de la prueba psicológica
Delitos de violencia familiar
Principio de seguridad jurídica
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El objetivo de esta investigación fue analizar la incidencia de la valoración de la prueba psicológica en la vulneración del principio de seguridad jurídica en casos de violencia familiar en Junín durante 2020. La metodología adoptada abarcó un enfoque cualitativo, respaldado por una postura epistemológica iuspositivista. El diseño metodológico se basó en un enfoque fenomenológico, con una población de fiscales y abogados, y una muestra seleccionada mediante muestreo no probabilístico por conveniencia, que incluyó a 4 fiscales y 3 abogados. Los resultados de la investigación indicaron que la valoración otorgada por la fiscalía a la prueba psicológica vulnera el principio de seguridad jurídica debido a la sobre dependencia de este medio probatorio, a pesar de la disponibilidad de otros elementos que podrían esclarecer la veracidad de los hechos. Se concluyó que la prueba pericial psicológica, aunque relevante, no se integra de manera armoniosa con el conjunto de pruebas y se carece de precisión en la evaluación del grado de daños psicológicas, lo que puede llevar al archivo de casos o a la falta de subsumir la agresión psicológica en el delito de agresiones contra mujeres o miembros del grupo familiar artículo 122-B de la normativa penal. Como recomendación, se propuso fortalecer el principio de seguridad jurídica a través de un apercibimiento a los fiscales para que actúen en consonancia con las garantías del ordenamiento legal.
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