Pensión de jubilación ONP

Descripción del Articulo

En el presente trabajo se analizó si se evidencia el cumplimento de todos los presupuestos, tanto los básicos sostenidos en la norma procesal civil, como en lo contenido por el código procesal constitucional, respecto a la materia de aplicación o admisibilidad del amparo, respecto a la incoación de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Retamozo Molina, Mirardo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/2214
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/2214
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derechos Constitucionales
Demanda
Materia
Seguridad social
Jurisprudencia
Precedente
Agravio constitucional
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el presente trabajo se analizó si se evidencia el cumplimento de todos los presupuestos, tanto los básicos sostenidos en la norma procesal civil, como en lo contenido por el código procesal constitucional, respecto a la materia de aplicación o admisibilidad del amparo, respecto a la incoación de una petición fundada en la vulneración de un derecho constitucionalmente reconocido. El trabajo de investigación parte del problema: ¿de qué manera se han concordado las garantías procesales constitucionales en el presente proceso de amparo y los derechos de las partes involucradas?; siendo el objetivo: analizar si se han concordado las garantías procesales constitucionales en el presente proceso de amparo y los derechos de las partes involucradas; como aporte se ha fijado que: existen en la práctica otros medios impugnatorios como la aclaración, la subsanación y supletoriamente la corrección. Si bien formalmente no se encuentra previsto el recurso de nulidad, medio impugnatorio típico de la legislación procesal civil, en la práctica en procesos de amparo como en los demás procesos constitucionales de la libertad, el Tribunal ha dispuesto la nulidad de algún acto procesal o la resolución del fondo de algún asunto. Arribando a la conclusión: Se ha podido determinar que, si se han concordado las garantías procesales constitucionales en el presente proceso de amparo y los derechos de las partes involucradas, esto al proteger en primer lugar los intereses del trabajador (demandante), respecto a la tutela efectiva, aunque no eficiente de sus derechos laborales respecto al libre acceso a los beneficios de la seguridad social expresados en el derecho a la pensión.
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