Actuación de prueba testimonial de testigos con reserva de identidad y vulneración del principio de inmediación, derecho de defensa y debido proceso en los juicios penales del distrito judicial de la libertad, periodo 2010-2012

Descripción del Articulo

La presente investigación titulada “ACTUACIÓN DE PRUEBA TESTIMONIAL DE TESTIGOS CON RESERVA DE IDENTIDAD Y VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN, DERECHO DE DEFENSA Y DEBIDO PROCESO EN LOS JUICIOS PENALES DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD, PERIODO 2010-2012”, inicia planteándose el siguiente p...

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Detalles Bibliográficos
Autor: García Guzmán, Johannes Manuel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2016
Institución:Universidad Privada Antenor Orrego
Repositorio:UPAO-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/1831
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12759/1831
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Prueba testimonial de testigos
Reserva de identidad y vulneración
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente investigación titulada “ACTUACIÓN DE PRUEBA TESTIMONIAL DE TESTIGOS CON RESERVA DE IDENTIDAD Y VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN, DERECHO DE DEFENSA Y DEBIDO PROCESO EN LOS JUICIOS PENALES DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD, PERIODO 2010-2012”, inicia planteándose el siguiente problema ¿Se vulnera el principio de inmediación, el derecho de defensa y el debido proceso, con la actuación de la prueba testimonial de testigos con reserva de identidad en los juicios penales del Distrito Judicial de La Libertad, durante el periodo 2010 al 2012?, y determinando como hipótesis que la actuación de declaraciones en juicio oral de testigos con reserva de identidad (testigos sin rostro) vulnera el principio de inmediación, el derecho de defensa y el debido proceso en los juicios penales seguidos en el Distrito Judicial de La Libertad, durante el periodo 2010 al 2012. Dentro de los objetivos, se planteó determinar si la actuación de declaraciones de personas con reserva de identidad en la etapa de juicio oral, vulnera el principio de inmediación, derecho de defensa y debido proceso, en los juicios penales del Distrito Judicial de La Libertad en el periodo 2010-2012, para de esta manera aportar información válida para el debido proceso en materia de reserva de identidad y la mejora del mismo en el Código Procesal Penal. Para la recopilación de información se utilizaron instrumentos de recolección de datos como entrevistas, la cuales fueron aplicadas a docentes universitarios especializados en Derecho Procesal Penal de la Universidad Privada Antenor Orrego, Universidad César Vallejo y Universidad Nacional de Trujillo, así como encuestas, las cuales se aplicaron a abogados particulares vinculados a la defensa procesal penal. Dentro de los resultados hallados en la presente investigación, se determinó que la actuación de declaraciones de personas con reserva de identidad (testigos sin rostro), limita la posibilidad a la defensa del imputado o procesado, de desacreditar y desvirtuar a dicho testigo encubierto, ya que la forma de hacerlo es tratando de demostrar ciertas características de carácter personal (relaciones familiares, de amistad, de enemistad, intereses económicos, pleitos pendientes, etc.), que puedan existir entre el imputado y el testigo o entre el testigo y la víctima; o demostrando tal vez antecedentes del testigo, de diversas naturalezas (drogadicción, alcoholismo, reputación, condenas o procesos penales por falso testimonio, etc.), que permitan de esta manera desacreditarlo ante el juez y desvirtuar, por ende, su declaración; información que no puede accederse sino por medio del conocimiento de la identidad del testigo, el que permitirá a la defensa saber, a ciencia cierta, quien realmente es aquella persona que declara en contra del imputado, y así investigar cuáles podrían ser los puntos desfavorables a su testimonio, con la finalidad de restar valor probatorio a su declaración. Concluyendo así, que si bien el ordenamiento jurídico de nuestro país acepta como medio de prueba la declaración testimonial de testigos con reserva de identidad en un proceso penal, la actuación testimonial de las mismas y el otorgamiento de valor probatorio sería inconstitucional y atentaría contra el derecho de defensa, debido proceso y principio de inmediación; derechos que le asiste a cualquier imputado y demás sujetos procesales que intervienen en un proceso penal, los cuales han sido reconocidos por las declaraciones y pactos internacionales ratificados por el Perú como un derecho humano. Entre algunas de las recomendaciones de la presente investigación, el autor recomienda que efectos de proteger la integridad del testigo y pese a haberse variado la medida de protección por otra que no vulnere los derechos del imputado, el juez deberá mediante acto debidamente motivado, resolver, que el juicio respecto a la actuación de declaraciones de testigos con medidas de protección, se realice parcial o totalmente en acto privado, a efectos de salvaguardar la divulgación de la identidad del testigo.
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