Fundamentos jurídicos en contra del impedimento de salida en diligencias preliminares
Descripción del Articulo
El proceso penal peruano tiene como finalidad esencial lograr la verdad de los hechos, vale decir, lograr que se haga efectivo el “ius puniendi” del Estado, dado su carácter instrumental, para lo que a su vez se vale de un mecanismo de naturaleza también instrumental conjurar el peligrosismo procesa...
| Autor: | |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2026 |
| Institución: | Universidad Privada Antenor Orrego |
| Repositorio: | UPAO-Tesis |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/110992 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12759/110992 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Proceso Penal Diligencias Preliminares https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | El proceso penal peruano tiene como finalidad esencial lograr la verdad de los hechos, vale decir, lograr que se haga efectivo el “ius puniendi” del Estado, dado su carácter instrumental, para lo que a su vez se vale de un mecanismo de naturaleza también instrumental conjurar el peligrosismo procesal; de este modo, utiliza las llamadas de medidas de coerción personal, dentro las que destaca una que si bien es cierto, no es la más grave, sino afecta el derecho a poder atravesar las fronteras del país: el impedimento de salida del país; este mecanismo, a pesar que la ley señala de manera más que clara que solo procede en la investigación preparatoria, ha sido objeto de una interpretación antojadiza por parte de la Corte Suprema en su jurisprudencia no siendo pocos los casos en los que a partir del Acuerdo Plenario 3- 2010 se ha establecido el criterio de que se puede imponer inclusive antes de formalizar la investigación preparatoria es decir en las diligencias preliminares de investigación; en ese contexto se ha elaborado la tesis de investigación denominada: “fundamentos jurídicos en contra del impedimento de salida en diligencias preliminares”; en la que se han señalado y desarrollado las razones de índole jurídico técnico procesal por las que tal medida de coerción de índole personal, no puede ser ordenada judicialmente en la fase desformalizada de la investigación, siendo estas: la necesidad de una sospecha reveladora, que no se consigue en las diligencias preliminares sino cuando esta se ha formalizado, como sucede en otras latitudes, existencia de imputación concreta, la misma que es exigible no en sede de diligencias preliminares y que debe existir para la restricción de un derecho fundamental como la libertad personal; principio de legalidad, dado que la norma procesal de forma expresa impide que se pueda decidir por parte del juez el impedimento de salida del país en la investigación preliminar; por lo que no se podría hacer una interpretación e xtensiva de una norma que restringe derechos, además que el concepto acción penal, es aquel que se da cuando se formaliza la investigación, vale decir, cuando hay una persona objeto de “imputación”; fundamentos que se ha corroborado con la doctrina, algún sector de la jurisprudencia y la ley extranjera. |
|---|
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).