Fundamento jurídicos para regular la reconducción procesal en la tutela de derechos
Descripción del Articulo
Uno de los paradigmas del nuevo código procesal penal del 2004, tiene que ver con la institución jurídica penal de la tutela de derechos, siendo una garantía específica de relevancia procesal penal, que puede utilizar el legitimado cuando se materializa la vulneración o fractura de algunos de sus de...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad Privada Antenor Orrego |
| Repositorio: | UPAO-Tesis |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/56872 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12759/56872 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | etapa de investigación preparatoria diligencias tutela de derechos, garantismo https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | Uno de los paradigmas del nuevo código procesal penal del 2004, tiene que ver con la institución jurídica penal de la tutela de derechos, siendo una garantía específica de relevancia procesal penal, que puede utilizar el legitimado cuando se materializa la vulneración o fractura de algunos de sus derechos prescritos en la norma adjetiva. Considerando lo antes mencionado en la presente investigación nos avocaremos específicamente a determinar los fundamentos jurídicos para regular la reconducción procesal de la tutela de derechos por parte del legitimado, sostenemos que la reconducción procesal de la tutela de derecho que hacíamos referencia líneas arriba, inexorablemente debería realizarse de forma expresa, con la finalidad genuina de salvaguardar la economía procesal, asimismo, la tutela de derechos tendría que ser una herramienta jurídica para alcanzar la eficacia del sistema de justicia, es decir, aquello que percibe el ciudadano día y día y que está directamente vinculada, no sólo con la institución, sino con las personas que realizan esta función es decir, el Juez, los juzgados. Claro, que ello no significa que “la justicia” sea una función monopólica del Estado. Al contrario, la “justicia” es un servicio público, y como servicio concurre y se presta, o puede ser prestado, formal o informalmente por variadas instancias. Pero en este trabajo sólo nos vamos a referir al tópico referido de la “reconducción procesal de la tutela de derechos” administrada desde y por instancias judiciales. Por último, el tema materia de investigación es de suma importancia para el derecho de defensa, garantía reconocida no solo por norma adjetiva, sino también por norma constitucional, como estandarte de los estados democráticos con independencia de poderes |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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