El consentimiento de la víctima mayor de edad en el delito de trata de personas y la dignidad personal

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación tiene como objetivo general el determinar si el consentimiento de la víctima mayor de edad en el delito de Trata de Personas vulnera la dignidad de la persona humana. En la recopilación de información doctrinaria y normativa para la elaboración de los capítulos d...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Guevara Pastor, Branly Andrés
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Privada Antenor Orrego
Repositorio:UPAO-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/4141
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12759/4141
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Consentimiento
Víctima mayor de edad
Delito de trata de personas
Dignidad humana
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tiene como objetivo general el determinar si el consentimiento de la víctima mayor de edad en el delito de Trata de Personas vulnera la dignidad de la persona humana. En la recopilación de información doctrinaria y normativa para la elaboración de los capítulos del marco teórico se utilizó las fuentes de consulta, el método dogmático, hermenéutico y exegético, apoyado en las técnicas del fichaje y análisis documental acorde con los objetivos específicos de la investigación En lo que atañe a los resultados más importantes se obtuvo que el crecimiento de la Trata de Personas motivó la dación de Instrumentos Internacionales como el Protocolo de Palermo, en Argentina, Colombia, Panamá, Bolivia y México sin importar edad de la víctima el consentimiento no tiene efectos jurídicos, recién con la Ley Nº 28950 se regula con el nombre de Trata de Personas que luego es mejorada con la Ley N° 30251, que se vulnera la dignidad humana al tener como finalidad la explotación sexual, laboral o cosificación de la persona. La conclusión principal es que el consentimiento de la víctima mayor de edad en el delito de Trata de Personas vulnera la dignidad de la persona humana, por cuanto es de naturaleza indisponible, siendo necesario la modificación del inciso 4 del artículo 153 del Código Penal en donde el consentimiento de la víctima no exima de responsabilidad penal al sujeto agente.
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