Inaplicabilidad del fuero militar policial a los miembros de la Policía Nacional del Perú por la naturaleza de función policial diferente a la militar

Descripción del Articulo

El objetivo del presente trabajo de Investigación es demostrar la inaplicabilidad de la Jurisdicción Penal Militar Policial a los integrantes de la Policía Nacional, no obstante estar en aparente contraposición a lo señalado por la Constitución Política del Perú que señala en su Art. 173° que “En ca...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Aguilar Vásquez, Elías Yony, Guevara Plama, Henrri Ricardo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Privada Antonio Guillermo Urrelo
Repositorio:UPAGU-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upagu.edu.pe:UPAGU/959
Enlace del recurso:http://repositorio.upagu.edu.pe/handle/UPAGU/959
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Inaplicabilidad
Fuero Militar
Naturaleza de su función
Derecho
Descripción
Sumario:El objetivo del presente trabajo de Investigación es demostrar la inaplicabilidad de la Jurisdicción Penal Militar Policial a los integrantes de la Policía Nacional, no obstante estar en aparente contraposición a lo señalado por la Constitución Política del Perú que señala en su Art. 173° que “En caso de delito de función, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional están sometidos al Fuero respectivo y al Código de Justicia Militar”. No existiendo tal discordancia, puesto que lo que realmente sucede, es que los legisladores no definieron en su oportunidad respecto al Delito de Función aplicable a las Fuerzas Armadas y en su caso a la Policía Nacional; por su parte la Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial se limita a señalar que “Dicha función está constituida por el conjunto de tareas que se realizan en tiempo de paz, o durante el régimen de excepción o conflicto armado, en cumplimiento de la Constitución Política del Perú, las Leyes y Reglamentos correspondientes”; en tanto que el Código Penal Militar en su Art. II del Título Preliminar, considera que “El delito de función es toda conducta ilícita cometida por un militar o un policía en situación de Actividad, en acto del servicio o con ocasión de él, y que atenta con bienes jurídicos vinculados con la existencia, organización, operatividad o funciones de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional”. Sustentaremos en la presente investigación que la naturaleza de la función militar no es igual a la naturaleza de la función policial, por tanto, los delitos de función tipificados en el Código Penal Militar Policial, no pueden ser aplicados por igual tanto a militares como a policías, ni por analogía ni por extensión interpretativa. Con el presente estudio no se busca modificar ningún aspecto de la realidad ya que es una investigación de tipo básico, se pretende identificar interpretar y proponer alternativas de solución dentro de nuestro ordenamiento jurídico.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).