La exclusión de la responsabilidad restringida vulnera el principio de igualdad en los delitos comunes

Descripción del Articulo

La responsabilidad penal se determina cuando se comete un ilícito penal a través de un proceso judicial imponiéndose por ello una pena. Pero también existe la denominada responsabilidad restringida por la edad que se encuentra regulada en el artículo 22° del C.P., la misma que obliga al juzgador a i...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Castro Cárdenas, Rosa Luz
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Nacional del Santa
Repositorio:UNS - Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uns.edu.pe:20.500.14278/3306
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.14278/3306
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Responsabilidad restringida
Robo agravado
Principio de proporcionalidad
Igualdad y dignidad humana
Descripción
Sumario:La responsabilidad penal se determina cuando se comete un ilícito penal a través de un proceso judicial imponiéndose por ello una pena. Pero también existe la denominada responsabilidad restringida por la edad que se encuentra regulada en el artículo 22° del C.P., la misma que obliga al juzgador a imponer una pena por debajo del mínimo legal establecido para el delito, en atención a la edad el agente delictivo, siendo que con la modificatoria de la Ley N° 30076 se excluye la aplicación de la responsabilidad restringida para los delitos graves, como en el delito de robo agravado. Es por dicha razón que los juzgadores no aplican esta responsabilidad restringida cuando el agente que comete el delito de robo agravado entre los 18-21 años, imponiendo penas elevadas en los delitos de robo agravado, vulnerando notoriamente los principios fundamentales como el de igualdad y de dignidad humana, así como derechos fundamentales como la dignidad humana, la libertad ambulatoria o de libre tránsito. Es por ello que la investigación propone la exclusión del ordenamiento penal el artículo 22° del Código penal que excluye la aplicación de la responsabilidad restringida para los agentes que cometen delitos de robo agravado comprendidos entre las edades de 18-21 años.
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