Consecuencias en el ejercicio del derecho constitucional a la pluralidad de la instancia en el acceso y trámite del recurso de apelación en los procesos abreviados y sumarísimos ante el primer juzgado de paz letrado del módulo básico de justicia de Paucarpata. 2012 - 2018

Descripción del Articulo

El recurso de apelación en el proceso civil peruano posee una irrazonable, imprecisa, ambigua y desordenada regulación; tal imperfección ocasiona que los operadores jurídicos apliquen inadecuadamente tal instituto procesal; en consecuencia, por un lado, provocó que se niegue su acceso, y por otro, q...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Mendoza Miranda, Jose Luis
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Nacional de San Agustín
Repositorio:UNSA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unsa.edu.pe:20.500.12773/13873
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12773/13873
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:apelación
sentencia
autos finales
autos intermedios
pluralidad de instancia
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description El recurso de apelación en el proceso civil peruano posee una irrazonable, imprecisa, ambigua y desordenada regulación; tal imperfección ocasiona que los operadores jurídicos apliquen inadecuadamente tal instituto procesal; en consecuencia, por un lado, provocó que se niegue su acceso, y por otro, que se haya aplicado un procedimiento equívoco; habiendo vulnerando, de tal forma, el ejercicio del derecho constitucional a la pluralidad de instancia. En tal contexto, está investigación estuvo orientada a demostrar que la normatividad de la apelación en los procesos abreviados y sumarísimos tramitados por los juzgados de paz letrados restringe el ejercicio del derecho constitucional a la pluralidad de instancia. Por ello, este estudio se desarrolló bajo el método deductivo hipotético, siguiendo un tipo de investigación explicativa, de nivel aplicado. La población estuvo compuesta por la carga procesal al 20 de noviembre de 2018 en el Primer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, habiéndose accedido a 85 expedientes judiciales civiles tramitados en los procesos abreviados y sumarísimos; no obstante, no se recurre a muestreo representativo dada la mínima cantidad de tales procesos en dicho juzgado. Sin embargo, es importante mencionar que de dicho universo se seleccionaron para su análisis y estudio sólo aquellos expedientes en cuyo trámite se hubiere interpuesto alguna apelación entre los años 2012 al 2018. La información obtenida en el trabajo de campo fue procesada bajo la técnica del análisis documental, utilizando como instrumento de investigación las fichas documentales. La investigación ha proporcionado evidencia empírica de que la normativa de la apelación contra sentencias vulnera el ejercicio del derecho constitucional a la pluralidad de instancia, restringiendo su acceso y preceptuando un trámite irrazonable, ambiguo y desordenado. Sin embargo, cuando se usa la apelación para impugnar los llamados “autos finales” y “autos interlocutorios o intermedios”, su regulación, pese a ser defectuosa, no transgrede el ejercicio del aludido derecho constitucional, ya que cuando estos autos se impugnan el juez de apelación sólo tiene la potestad de decidir sobre la cuestión incidental decidida en el auto impugnado, pero no la controversia de fondo; pues su razón de existencia no se encuentra en el mentado derecho constitucional, sino más bien su previsión constituye una garantía de que la primera instancia se desarrolle a plenitud hasta llegar a su normal acto conclusivo, el cual es la sentencia. En tal contexto, tenemos que se ha verificado parcialmente la hipótesis formulada, ya que si bien la normatividad de la apelación en los procesos abreviados y sumarísimos del Primer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, restringe su acceso y regula un procedimiento irrazonable, impreciso, ambiguo y desordenado; sin embargo, ello repercute sólo en la contravención del ejercicio del derecho constitucional a la pluralidad de instancia en la apelación contra sentencias, mas no así contra los llamados “autos finales” y “autos intermedios o interlocutorios”.
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La población estuvo compuesta por la carga procesal al 20 de noviembre de 2018 en el Primer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, habiéndose accedido a 85 expedientes judiciales civiles tramitados en los procesos abreviados y sumarísimos; no obstante, no se recurre a muestreo representativo dada la mínima cantidad de tales procesos en dicho juzgado. Sin embargo, es importante mencionar que de dicho universo se seleccionaron para su análisis y estudio sólo aquellos expedientes en cuyo trámite se hubiere interpuesto alguna apelación entre los años 2012 al 2018. La información obtenida en el trabajo de campo fue procesada bajo la técnica del análisis documental, utilizando como instrumento de investigación las fichas documentales. 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