La aplicación del artículo 480 del código procesal civil a la disolución unilateral de la unión de hecho al amparo del interés superior del niño y el principio de igualdad ante la ley
Descripción del Articulo
El presente trabajo de investigación titulado “La aplicación del Artículo 480 del Código Procesal Civil a la disolución unilateral de la Unión de Hecho al amparo del Interés Superior del Niño y el Principio de igualdad ante la ley” surge de la verificación de la desprotección jurídica en la que actu...
| Autores: | , |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2021 |
| Institución: | Universidad Nacional de San Agustín |
| Repositorio: | UNSA-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.unsa.edu.pe:20.500.12773/13813 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12773/13813 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Unión de hecho Disolución unilateral Principio de Interés Superior del niño https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El presente trabajo de investigación titulado “La aplicación del Artículo 480 del Código Procesal Civil a la disolución unilateral de la Unión de Hecho al amparo del Interés Superior del Niño y el Principio de igualdad ante la ley” surge de la verificación de la desprotección jurídica en la que actualmente quedan los menores cuando sus progenitores unidos en convivencia, deciden poner fin a ese estado convivencial. Para esto se estableció como objetivo general determinar si puede aplicarse el artículo 480 del Código Procesal Civil a la disolución unilateral de la unión de hecho al amparo del Interés superior del niño y el principio de igualdad ante la ley. La tesis tuvo enfoque cualitativo, se aplicó el método descriptivo, se utilizaron dos instrumentos metodológicos, de los cuales se puede resaltar la entrevista semi estructurada aplicada a expertos jurídicos tanto en materia familiar como constitucional. La hipótesis ha sido validada y se llega a la conclusión que sí es posible incorporar en la vía notarial para la disolución unilateral de la unión de hecho, las pretensiones referidas a alimentos, tenencia y régimen de visitas, en caso existan menores de edad en este tipo de uniones, no hacerlo significa la vulneración al derecho de igualdad ante la Ley y el Principio del Interés Superior del Niño para estos menores. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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