La relación entre los Dispute Boards y las Juntas de Resolución de Disputas en el Perú. Un análisis de su intervención en los contratos de obras públicas y su facultad precautoria

Descripción del Articulo

En esta investigación se aborda la problemática en relación a las Juntas de Resolución de Disputas peruana y su trascendental participación en los contratos de obras públicas reguladas por la Ley de Contrataciones del Estado de nuestro país, así como su evolución, sus aspectos fundamentales, las fun...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Alarcon Paucar, Jorge Giampieer
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Repositorio:UNMSM-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:cybertesis.unmsm.edu.pe:20.500.12672/27255
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12672/27255
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Prevención
Contratos
Intervención (Procedimiento civil)
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En esta investigación se aborda la problemática en relación a las Juntas de Resolución de Disputas peruana y su trascendental participación en los contratos de obras públicas reguladas por la Ley de Contrataciones del Estado de nuestro país, así como su evolución, sus aspectos fundamentales, las funciones que desarrollan y su relación con los Dispute Boards. Las Juntas de Resolución de Disputas, como colectivo de profesionales especializados en las materias que comprenden un contrato de obra pública, tienen la finalidad de acompañar la construcción, cumpliendo funciones de prevención y resolución de las controversias que surjan de ella; sin embargo, a pesar que su uso en estos contratos ha aumentado paulatinamente, aún persiste un desconocimiento sobre ellas que limita su utilidad. Dentro de los aspectos menos estudiados de las Juntas de Resolución de Disputas, se encuentra la facultad precautoria, es decir, el poder que tienen los miembros de estos paneles técnicos para emitir medidas provisionales durante la ejecución de las obras públicas. A pesar del poco análisis, existe sustento suficiente para argumentar que estos paneles técnicos tienen este poder, a fin de asegurar la ejecución continua de la obra. Como resultado de la investigación, se demostrará por qué un correcto empleo de las Juntas de Resolución de Disputas podría evitar la frustración de los contratos de obras públicas, tomando en cuenta que estos acuerdos se conforman de elementos complejos como la duración de la ejecución, la especialidad técnica que se requiere y la constante prevención de los riesgos que puedan suceder. Asimismo, respecto a la facultad precautoria de las Juntas de Resolución de Disputas, sobre la base de la experiencia internacional de los Dispute Boards, su antecedente directo, y la regulación de la Ley de Contrataciones del Estado, se demostrará que estos paneles técnicos gozan de esta facultad. Finalmente, se dará a conocer algunos supuestos en los que puede manifestarse la facultad precautoria de las Juntas de Resolución de Disputas en los contratos de obras públicas reguladas por la normativa de contrataciones públicas y el cómo se podría impulsar el uso de esta facultad.
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