El Tribunal Constitucional y la interpretación de las resoluciones emitidas por el Consejo Nacional de la Magistratura en materia de evaluación y ratificación de magistrados
Descripción del Articulo
Plantea una relación directa con la función de interpretación de la Constitución Política del Perú del año 1993 por el Tribunal Constitucional, la misma que debe ser en función de la razonabilidad; es decir, debe ser en forma complementaria y compatible con los puntos de organización y funciones de...
Autor: | |
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Formato: | tesis de maestría |
Fecha de Publicación: | 2018 |
Institución: | Universidad Nacional Mayor de San Marcos |
Repositorio: | UNMSM-Tesis |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:cybertesis.unmsm.edu.pe:20.500.12672/10744 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12672/10744 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Jueces - Selección y nombramiento - Perú Tribunales constitucionales - Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | Plantea una relación directa con la función de interpretación de la Constitución Política del Perú del año 1993 por el Tribunal Constitucional, la misma que debe ser en función de la razonabilidad; es decir, debe ser en forma complementaria y compatible con los puntos de organización y funciones de todos los órganos que son parte del Estado de Derecho; por lo tanto, planteo la siguiente hipótesis; la Interpretación que realiza el Tribunal Constitucional de los Derechos Fundamentales en los procesos de ratificación de jueces y fiscales, efectuada por el Consejo Nacional de la Magistratura, vulnera el debido proceso y crea inseguridad jurídica. Al respecto, es necesario tener presente que el Tribunal Constitucional del Perú interpretó que es factible la interposición y, posterior, declaración como fundada de una demanda de amparo contra el Consejo Nacional de la Magistratura en un proceso donde se discuten la ratificación de jueces y fiscales. Esto ocurrió o, viene ocurriendo, por diversas razones, como, por ejemplo, si el proceso y decisión de ratificación o no ratificación, se ejecutó sin que se respete el plazo regulado en la Constitución Política del Perú del año 1993, también si es que no se motivó debidamente la referida decisión, es decir, cuando no se respetó el debido proceso, la tutela judicial efectiva y otros derechos. En este sentido, y luego de realizar el estudio correspondiente de las sentencias expedidas y más difundidas por el Tribunal Constitucional en relación al proceso de ratificación ante el Consejo Nacional de la Magistratura, se observa que la labor de interpretación realizada por el Tribunal Constitucional excede los límites de éste órgano autónomo en el marco de sus funciones; siendo lo apropiado la reforma de la actual Constitución Política del Perú del año 1993. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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