Abono del plazo de la prisión preventiva en el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta en causa distinta. aproximación al caso peruano

Descripción del Articulo

OBJETIVO: La temática abordada en la presente investigación comprende el contenido del abono del plazo de prisión preventiva en causa diversa. A lo expuesto, cabe indicar que el estudio en autos tiene como objetivo general demostrar si el ordenamiento jurídico penal peruano, contempla de forma preci...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Obregón Gómez, Elmer Fritz
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión
Repositorio:UNJFSC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unjfsc.edu.pe:20.500.14067/5831
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14067/5831
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Abono en causa diversa
Sobreseimiento
Absolución
Prisión preventiva
Pena
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:OBJETIVO: La temática abordada en la presente investigación comprende el contenido del abono del plazo de prisión preventiva en causa diversa. A lo expuesto, cabe indicar que el estudio en autos tiene como objetivo general demostrar si el ordenamiento jurídico penal peruano, contempla de forma precisa el abono del plazo de prisión preventiva en causa diversa para efectos del cumplimiento de la pena privativa de la libertad. MATERIALES Y MÉTODOS: A lo expuesto, es menester rotular que el estudio en alusión, es de tipo aplicada en su nivel descriptivo y teórico, la cual se efectuó con una muestra cuantitativa probabilística conformada por 02 juristas de la materia, la misma que manejo como técnica de investigación a la observación y la entrevista respectivamente. RESULTADOS: Asimismo, de acuerdo a la verificación y procesamiento de datos, se obtuvo como resultado que el ordenamiento jurídico penal peruano no contempla el abono del plazo de prisión preventiva en causa diversa, pero tampoco lo excluye, es decir, hay un vacío normativo en relación a esta institución jurídica. CONCLUSIONES: Finalmente, se ha demostrado que si bien el ordenamiento jurídico penal peruano -entiéndase el art. 47 del Código Penal y el art. 399.1 del Código Procesal Penal- no contempla el abono del plazo de prisión preventiva en causa diversa, es decir, hay una laguna jurídica, el cual puede ser colmado mediante la formulación de una norma inexpresa a partir de la ratio legis que subyace en la norma contenida en el art. 47 del Código Penal y el art. 399.1 del Código Procesal Penal
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