Abono del plazo de la prisión preventiva en el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta en causa distinta. aproximación al caso peruano
Descripción del Articulo
OBJETIVO: La temática abordada en la presente investigación comprende el contenido del abono del plazo de prisión preventiva en causa diversa. A lo expuesto, cabe indicar que el estudio en autos tiene como objetivo general demostrar si el ordenamiento jurídico penal peruano, contempla de forma preci...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de maestría |
| Fecha de Publicación: | 2021 |
| Institución: | Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión |
| Repositorio: | UNJFSC-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.unjfsc.edu.pe:20.500.14067/5831 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.14067/5831 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Abono en causa diversa Sobreseimiento Absolución Prisión preventiva Pena https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | OBJETIVO: La temática abordada en la presente investigación comprende el contenido del abono del plazo de prisión preventiva en causa diversa. A lo expuesto, cabe indicar que el estudio en autos tiene como objetivo general demostrar si el ordenamiento jurídico penal peruano, contempla de forma precisa el abono del plazo de prisión preventiva en causa diversa para efectos del cumplimiento de la pena privativa de la libertad. MATERIALES Y MÉTODOS: A lo expuesto, es menester rotular que el estudio en alusión, es de tipo aplicada en su nivel descriptivo y teórico, la cual se efectuó con una muestra cuantitativa probabilística conformada por 02 juristas de la materia, la misma que manejo como técnica de investigación a la observación y la entrevista respectivamente. RESULTADOS: Asimismo, de acuerdo a la verificación y procesamiento de datos, se obtuvo como resultado que el ordenamiento jurídico penal peruano no contempla el abono del plazo de prisión preventiva en causa diversa, pero tampoco lo excluye, es decir, hay un vacío normativo en relación a esta institución jurídica. CONCLUSIONES: Finalmente, se ha demostrado que si bien el ordenamiento jurídico penal peruano -entiéndase el art. 47 del Código Penal y el art. 399.1 del Código Procesal Penal- no contempla el abono del plazo de prisión preventiva en causa diversa, es decir, hay una laguna jurídica, el cual puede ser colmado mediante la formulación de una norma inexpresa a partir de la ratio legis que subyace en la norma contenida en el art. 47 del Código Penal y el art. 399.1 del Código Procesal Penal |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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