El principio de inocencia frente a los medios de comunicación en el distrito judicial de la provincia de Ica, años 2015-2016

Descripción del Articulo

En la presente Investigación titulada “EL PRINCIPIO DE INOCENCIA FRENTE A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN EL DISTRITO JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE ICA, AÑOS 2015-2016”, Los Tribunales de las justicias en los marcos del ejerció al administrar justicia acorde a los derechos dentro de la sociedad, se ven...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Quispe Bautista, Jorge Armando
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica
Repositorio:UNICA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unica.edu.pe:20.500.13028/3464
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13028/3464
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Presunción de inocencia
Proceso Penal
Sensacionalismo
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:En la presente Investigación titulada “EL PRINCIPIO DE INOCENCIA FRENTE A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN EL DISTRITO JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE ICA, AÑOS 2015-2016”, Los Tribunales de las justicias en los marcos del ejerció al administrar justicia acorde a los derechos dentro de la sociedad, se ven contra una problemáticas causadas por los medios de comunicaciones cuanto hacen uso de la difusión de noticias concernientes a actos delictivos, estos tienen a crear opinión publica la cual tiende siempre a generar un sentimiento de indignación, victimizando al agraviado y satanizando al imputado, aun no habiendo terminado el proceso ni teniendo certeza de sus inocencias o culpabilidades, creando así un halo negativo que socaba la decencia de los procesados. Ante ello hemos planteado hipótesis, que de las cuales llegamos a las siguientes conclusiones, que en medidas que los medios de Comunicación sigan expresando informes perniciosos sobre la presunción de las inocencias, más se verán vulnerados los derechos primordiales de los inculpados; así como en la medida en que ese principio este correctamente valorado por los jefes de justicias, será menor la vulneración de los derechos esenciales de la persona; y que a pesadumbre de que los Principios de las presunciones de las inocencias está prescrito en la ley y es plenamente reconocido en los mecanismos formales, este cuando se traslada al campo factico no tiene la misma valoración, estos ámbitos facticos no se reconocen ni se valoran la preponderancia como tal.
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