La prescripción como causal de confirmación del matrimonio inicialmente inválido en el Distrito Judicial de Lima Norte

Descripción del Articulo

La presente investigación tiene por finalidad explicar el por qué debería considerarse a la prescripción como una modalidad de confirmación del matrimonio inicialmente inválido. Muchas veces sucede que al fallecimiento de una persona aparecen temas que ocasionan serios conflictos entre los sucesores...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Diaz Vasquez, Carmen Del Pilar
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Nacional Hermilio Valdizán
Repositorio:UNHEVAL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unheval.edu.pe:20.500.13080/7128
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13080/7128
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Prescripción
Bigamia
Convivencia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente investigación tiene por finalidad explicar el por qué debería considerarse a la prescripción como una modalidad de confirmación del matrimonio inicialmente inválido. Muchas veces sucede que al fallecimiento de una persona aparecen temas que ocasionan serios conflictos entre los sucesores, quienes asumían no tener mayor problema en este tema, ello ocurre cuando el causante ha fallecido casado con dos o más personas y este tema no es difícil de entender si se explica por el hecho de que en nuestro país no existe un sistema registral unificado a nivel nacional y que permita verificar el real estado civil de los contrayentes, de modo que pueda verificarse el cumplimiento de los requisitos exigidos por la norma civil. Al momento del fallecimiento del bígamo y su primera esposa, los herederos de estos serían respecto a la totalidad de la sociedad de gananciales, mientras que los hijos habidos del segundo matrimonio solo heredarían respecto a las gananciales del bígamo, segunda esposa no hereda; la protección que se debe dar a la familia, la modificatoria legal debe contemplar que segundo matrimonio debería ser considerado como una convivencia impropia. A través de esta investigación intentamos encontrar estas respuestas atendiendo a lo que establece nuestro ordenamiento civil vigente y a lo resuelto en la jurisprudencia nacional.
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