Desproporcionalidad de la tipificación penal para el delito de micro comercialización de drogas tóxicas, por hallarse en poder del agente que lo utiliza para su propio e inmediato consumo, Huánuco 2015 - 2016
Descripción del Articulo
La presente tesis tuvo como objetivo general, evaluar la desproporcionalidad de la tipificación penal que existe para el supuesto delito de micro comercialización de drogas tóxicas, por hallarse en poder del agente que lo utilizaría para su propio e inmediato consumo, Huánuco 2015 - 2016. El tipo de...
| Autor: | |
|---|---|
| Formato: | tesis de maestría |
| Fecha de Publicación: | 2017 |
| Institución: | Universidad Nacional Hermilio Valdizán |
| Repositorio: | UNHEVAL-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.unheval.edu.pe:20.500.13080/2961 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.13080/2961 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Delito de microcomercialización de drogas Sentencia Tratamiento https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02 |
| Sumario: | La presente tesis tuvo como objetivo general, evaluar la desproporcionalidad de la tipificación penal que existe para el supuesto delito de micro comercialización de drogas tóxicas, por hallarse en poder del agente que lo utilizaría para su propio e inmediato consumo, Huánuco 2015 - 2016. El tipo de investigación fue aplicada, con un diseño no experimental y enfoque cuantitativo; se utilizó una muestra conformada por 10 jueces, 22 fiscales, 10 defensores públicos y 10 abogados particulares, además de 6 sentencias penales dictadas en el año 2015 y 4 en el año 2016; obtenida mediante un muestreo no probabilístico aleatorio simple, a quienes se aplicó una encuesta estructurada y las guías de observación, respectivamente. Se ha confirmado la hipótesis general, pues existe desproporcionalidad de la tipificación penal en el delito de micro comercialización de drogas tóxicas, por hallarse en poder del agente que lo utilizaría para su propio e inmediato consumo, Huánuco 2015 – 2016; pues los adictos a las drogas no requieren de una sanción punitiva, pues no es eficaz; sino ser tratados de modo especializado a nivel médico y psicológico, pues su reinserción social depende de tratamiento médico y psicológico. No todos los adictos requieren de una misma cantidad o tipo de droga para su inmediato consumo, por ende la norma jurídica no puede establecer estos márgenes, sino mediante una evaluación médico legal y psicológica; si ello es así no debe ser sancionado, por ende debe dejarse modificarse el segundo párrafo del Art. 299 del Código Penal. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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