Tratamiento térmico para controlar el compuesto soluble de plomo en vidriado cerámico para mitigar el daño ambiental - Huancayo

Descripción del Articulo

La razón detrás de la realización de esta tesis se relaciona con la necesidad de modificar la temperatura en la fabricación de objetos cerámicos producidos por artesanos que utilizan esmalte con un nivel de plomo soluble superior al permitido por las regulaciones de salud. El propósito de este estud...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Pacheco Acero, Luis Antonio
Formato: tesis doctoral
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Nacional del Centro del Perú
Repositorio:UNCP - Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uncp.edu.pe:20.500.12894/10105
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12894/10105
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Cerámica, vidriado, compuesto plomo, medio ambiente.
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#4.01.02
Descripción
Sumario:La razón detrás de la realización de esta tesis se relaciona con la necesidad de modificar la temperatura en la fabricación de objetos cerámicos producidos por artesanos que utilizan esmalte con un nivel de plomo soluble superior al permitido por las regulaciones de salud. El propósito de este estudio es prevenir la migración del plomo, con el objetivo de proteger la salud tanto de los productores como de los consumidores, y garantizar el cumplimiento de las normas de los acuerdos de libre comercio en cuanto a la solubilidad del plomo en la cerámica vidriada. La relevancia de llevar a cabo este estudio radica en la reducción del impacto ambiental, así como en la prevención de enfermedades causadas por la presencia de plomo soluble. Estas enfermedades afectan no solo a las personas que trabajan con este material, sino también a sus familiares y a los consumidores. Lo más preocupante es que la exposición al plomo puede ocasionar problemas de salud a largo plazo. La involucración de las instituciones gubernamentales en la implementación de la Ley General del Ambiente (Ley 28611) es limitada, a pesar de lo establecido en su primer artículo. “Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país”.
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