Expediente civil N° 1999-12122-0-0100-J-CI-26; resolución de contrato
Descripción del Articulo
Expediente civil: Trata sobre Resolución de Contrato. La demanda se presentó con fecha 13 de abril de 1999. La demandante tiene como protección principal la Resolución de Contrato de compraventa, celebrada con la demandada y como pretensiones accesorias la restitución del predio, compensación por el...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2011 |
Institución: | Universidad Nacional De La Amazonía Peruana |
Repositorio: | UNAPIquitos-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.unapiquitos.edu.pe:20.500.12737/4844 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.unapiquitos.edu.pe/handle/20.500.12737/4844 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Resolución del contrato Compraventa Contrato verbal Robo agravado Confesión |
Sumario: | Expediente civil: Trata sobre Resolución de Contrato. La demanda se presentó con fecha 13 de abril de 1999. La demandante tiene como protección principal la Resolución de Contrato de compraventa, celebrada con la demandada y como pretensiones accesorias la restitución del predio, compensación por el uso del bien y la indemnización por daños y perjuicios, alegando que las partes celebraron un contrato verbal de compraventa del inmueble. En ese sentido, se podrá advertir en el desarrollo del presente informe, que el reconocimiento de la parte demandada, en señalar que realmente se celebró un contrato verbal de compraventa la misma que debía pagarse en forma mensual, será el factor principal para el pronunciamiento de la honorable sala civil transitoria de la Corte Suprema de Lima. Expediente penal: Analiza todo lo relativo al robo agravado, tanto en el aspecto sustantivo, como en el adjetivo. Concluye que se ha podido comprobar del acta de reconocimiento y del acta del registro personal, las mismas que fueron llevadas en presencia el representante del Ministerio Publico que el agraviado a identificado al procesado como de los sujetos que le sujetaron del cuello y le despojaron de sus bolsillos su dinero, quedando demostrada la vinculación del procesado en el ilícito penal acreditándose su participación y responsabilidad penal por las pruebas, además de la propia aceptación del mismo. Con respecto a la sentencia emitida se ha acogido al beneficio de la confesión sincera conforme al art. 136 del Código de Procedimientos Penales, es por ello que se ha condenado a 8 años de pena privativa de la libertad, es decir dos años inferiores al límite legal permitido de la pena. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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