Expediente Civil N° 01021-2013-0-1308-Jp- Ci-04

Descripción del Articulo

El presente trabajo está orientado a realizar un análisis minucioso del Expediente Civil N° 01021-2013-0-1308-JP-CI-04, proceso que versa sobre otorgamiento de escritura pública, tramitado en el 2° Juzgado Civil de Huaura – Corte Superior de Justicia de Lima, en la vía de proceso sumarísimo, el cual...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Rivera Mejia, Denisse Carolina
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Peruana de Las Américas
Repositorio:ULASAMERICAS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:192.168.10.17:upa/611
Enlace del recurso:http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/611
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Otorgamiento de Escritura Pública.
Descripción
Sumario:El presente trabajo está orientado a realizar un análisis minucioso del Expediente Civil N° 01021-2013-0-1308-JP-CI-04, proceso que versa sobre otorgamiento de escritura pública, tramitado en el 2° Juzgado Civil de Huaura – Corte Superior de Justicia de Lima, en la vía de proceso sumarísimo, el cual inició con la demanda interpuesta por la sociedad conyugal conformada por el señor Emidgio Sixto Nicho Canales y la señora Cruz Lilian Pérez de Nicho, contra la sucesión intestada del señor Carlos Mario Paz Cárdenas conformada por el señor Javier Fernando Paz Carvallo, el señor Cesar Augusto Paz Carvallo, la señora María Elena Paz Carvallo y la señora Magdalena Esperanza Carvallo Gautier de Paz. Es así que, tras la postulación del proceso y la actuación de pruebas, se dictó sentencia de primera instancia que resolvió declarar fundada la demanda y en consecuencia ordenó que los demandados suscriban la respectiva escritura pública a favor de los demandados, de acuerdo a los términos del contrato de compra venta celebrado con el señor Carlos Mario Paz Cárdenas y su esposa doña Magdalena Carvallo Gautier de Paz con fecha 04 de febrero del 2000. Estando ello, la parte demandada interpone recurso de apelación contra la resolución antes citada, la cual fue concedida por la Sala Civil de Huaura, que resolvió revocar dicha resolución y reformulándola se declaró improcedente la demanda, motivo por el cual, la parte demandante interpuso recurso de casación que fue resuelto por la Sala Civil y Permanente de la Corte Suprema, que resolvió declarar fundado el recurso y casaron la sentencia de vista, declarando fundada la sentencia de primera instancia.
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