Expediente N°6293 – 2006 nulidad de acto jurídico

Descripción del Articulo

Con fecha 24 de julio de 2016, Miguel Ángel Zamalloa Mogollón en representación de Fredick Fowks Jiménez y Emperatriz Zamalloa Mogollón interpone demanda de Nulidad de Acto Jurídico del Testimonio de Escritura Pública de protocolización de Prescripción Adquisitiva vía notarial sobre el inmueble ubic...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: López Loayza, Cesar Dinalber
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Peruana de Las Américas
Repositorio:ULASAMERICAS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:192.168.10.17:upa/986
Enlace del recurso:http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/986
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho Civil
Derecho Penal
id ULAS_2532a52fef4dae3ce5b9ee92412243dc
oai_identifier_str oai:192.168.10.17:upa/986
network_acronym_str ULAS
network_name_str ULASAMERICAS-Institucional
repository_id_str .
dc.title.es_PE.fl_str_mv Expediente N°6293 – 2006 nulidad de acto jurídico
dc.title.alternative.es_PE.fl_str_mv Expediente N°0070-2004 delito contra el patrimonio – robo agravado
title Expediente N°6293 – 2006 nulidad de acto jurídico
spellingShingle Expediente N°6293 – 2006 nulidad de acto jurídico
López Loayza, Cesar Dinalber
Derecho Civil
Derecho Penal
title_short Expediente N°6293 – 2006 nulidad de acto jurídico
title_full Expediente N°6293 – 2006 nulidad de acto jurídico
title_fullStr Expediente N°6293 – 2006 nulidad de acto jurídico
title_full_unstemmed Expediente N°6293 – 2006 nulidad de acto jurídico
title_sort Expediente N°6293 – 2006 nulidad de acto jurídico
author López Loayza, Cesar Dinalber
author_facet López Loayza, Cesar Dinalber
author_role author
dc.contributor.advisor.fl_str_mv Chávez De La Peña, Verónica Rocío
Vegas Vaccaro, Miguel Angel
dc.contributor.author.fl_str_mv López Loayza, Cesar Dinalber
dc.subject.es_PE.fl_str_mv Derecho Civil
Derecho Penal
topic Derecho Civil
Derecho Penal
description Con fecha 24 de julio de 2016, Miguel Ángel Zamalloa Mogollón en representación de Fredick Fowks Jiménez y Emperatriz Zamalloa Mogollón interpone demanda de Nulidad de Acto Jurídico del Testimonio de Escritura Pública de protocolización de Prescripción Adquisitiva vía notarial sobre el inmueble ubicado en la Av. Víctor Raúl Haya de la Torre N° 736, Urbanización Federico Villarreal, Chiclayo departamento de Lambayeque, para cuyo efecto detalla que el bien inmueble lo han adquirido sus poderdantes el 14 de Junio del año 1,974 de la Caja de Ahorro y Préstamo para vivienda de Chiclayo, quienes dieron en uso el bien inmueble a don Vicente Laínez Quino y como no existía vínculo contractual, el apoderado le comunico su interés que desocupe el inmueble, sin embargo esta persona hizo caso omiso a los requerimientos, razón por la cual le interpuso una demanda de Desalojo por ocupación precaria, es en este proceso que el demandado Vicente Lainez Quino ofrece como medio probatorio el Testimonio de Escritura Pública de Protocolización de Prescripción Adquisitiva de fecha 05 de octubre del 2005 en el que ocupaba el inmueble por más de 10 años en forma continua, publica y pacífica; y estando a ello el apoderado demanda la Nulidad del Testimonio de Escritura de Protocolización de Prescripción Adquisitiva de Dominio para que este acto jurídico quede sin efecto y regrese la propiedad a sus antiguos propietarios que son los poderdantes. Es así que con fecha 10 de diciembre del 2007 el Juez emite sentencia y procede a valorar los medios probatorios destacando que el demandado ha señalado que ha adquirido el inmueble de terceras personas y al existir contrato de por medio la vía más idónea para reclamar su pretensión de propiedad era el otorgamiento de Escritura Pública, de tal forma que al tramitar la titularidad de la propiedad mediante “Prescripción Notarial ha incurrido en causal de nulidad contenido en el artículo 219 inciso 8° del Código Civil, es decir cuando el acto es contrario a las leyes que interesan al orden público y las buenas costumbres, por lo que FALLA declarando fundada la demanda, empero no estando de acuerdo con esta resolución el demandado interpuso recurso de apelación. Siendo que La Primera Sala Civil de Lambayeque con fecha 12 de agosto de 2008, resuelve: revocar la sentencia venida en grado que declara fundada la demanda y reformando la declara infundada la demanda; considerando que el procedimiento Notarial ha seguido un trámite regular conforme a los alcances del artículo 5° de la Ley 27333, asimismo señalo que el contrato de compra venta que el demandante argumenta como prueba asimilada en otro proceso, este no tiene trascendencia, pues no es requisito para poder usucapir la propiedad y como punto final la sala Superior Civil considera que no ha sido probada la concurrencia de la causal de nulidad pues se ha utilizado un procedimiento establecido en la ley, siendo esta la decisión de la Sala Superior y no conforme con esta resolución el demandante con fecha 08 de septiembre del 2008 interpone recurso de casación. Por lo que con fecha 28 de octubre de 2008 la Sala Civil de la Corte Suprema de la República, procede a calificar el recurso y estando a que el presente recurso no se configura la causal invocada como casación ya que la sala Civil Superior expresa las motivaciones con relación a la valoración de la prueba actuada, no resultando idóneo para sustentar la casación la divergencia que puede tener el recurrente del valor que el Juez le otorga a determinada prueba, de tal forma que debe ser desestimado el recurso, por lo que resolvieron declarar: IMPROCEDENTE El recurso de Casación, condenando al recurrente al pago de costas y costos. y NO CASARON la sentencia.
publishDate 2020
dc.date.accessioned.none.fl_str_mv 2020-11-24T17:51:03Z
dc.date.available.none.fl_str_mv 2020-11-24T17:51:03Z
dc.date.issued.fl_str_mv 2020-11-24
dc.type.es_PE.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
dc.type.version.es_PE.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/acceptedVersion
format bachelorThesis
status_str acceptedVersion
dc.identifier.uri.none.fl_str_mv http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/986
url http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/986
dc.language.iso.es_PE.fl_str_mv spa
language spa
dc.relation.ispartof.fl_str_mv SUNEDU
dc.rights.es_PE.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rights.uri.es_PE.fl_str_mv http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/pe/
eu_rights_str_mv openAccess
rights_invalid_str_mv http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/pe/
dc.format.es_PE.fl_str_mv application/pdf
dc.publisher.es_PE.fl_str_mv Universidad Peruana de las Américas
dc.publisher.country.es_PE.fl_str_mv PE
dc.source.none.fl_str_mv reponame:ULASAMERICAS-Institucional
instname:Universidad Peruana de Las Américas
instacron:ULASAMERICAS
instname_str Universidad Peruana de Las Américas
instacron_str ULASAMERICAS
institution ULASAMERICAS
reponame_str ULASAMERICAS-Institucional
collection ULASAMERICAS-Institucional
bitstream.url.fl_str_mv http://192.168.10.17/bitstream/upa/986/1/EXP.%20CIVIL%20-%20LOPEZ.pdf
http://192.168.10.17/bitstream/upa/986/2/EXP.%20PENAL%20-%20LOPEZ.pdf
http://192.168.10.17/bitstream/upa/986/3/license.txt
bitstream.checksum.fl_str_mv 4d892766bb0601ed00a9cdb1db667161
eed5dc3d2d92867e4cc2e59fe2e05a69
8a4605be74aa9ea9d79846c1fba20a33
bitstream.checksumAlgorithm.fl_str_mv MD5
MD5
MD5
repository.name.fl_str_mv Repositorio UPA
repository.mail.fl_str_mv dinvestigacionupa@gmail.com
_version_ 1751214704154378240
spelling Chávez De La Peña, Verónica RocíoVegas Vaccaro, Miguel AngelLópez Loayza, Cesar Dinalber2020-11-24T17:51:03Z2020-11-24T17:51:03Z2020-11-24http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/986Con fecha 24 de julio de 2016, Miguel Ángel Zamalloa Mogollón en representación de Fredick Fowks Jiménez y Emperatriz Zamalloa Mogollón interpone demanda de Nulidad de Acto Jurídico del Testimonio de Escritura Pública de protocolización de Prescripción Adquisitiva vía notarial sobre el inmueble ubicado en la Av. Víctor Raúl Haya de la Torre N° 736, Urbanización Federico Villarreal, Chiclayo departamento de Lambayeque, para cuyo efecto detalla que el bien inmueble lo han adquirido sus poderdantes el 14 de Junio del año 1,974 de la Caja de Ahorro y Préstamo para vivienda de Chiclayo, quienes dieron en uso el bien inmueble a don Vicente Laínez Quino y como no existía vínculo contractual, el apoderado le comunico su interés que desocupe el inmueble, sin embargo esta persona hizo caso omiso a los requerimientos, razón por la cual le interpuso una demanda de Desalojo por ocupación precaria, es en este proceso que el demandado Vicente Lainez Quino ofrece como medio probatorio el Testimonio de Escritura Pública de Protocolización de Prescripción Adquisitiva de fecha 05 de octubre del 2005 en el que ocupaba el inmueble por más de 10 años en forma continua, publica y pacífica; y estando a ello el apoderado demanda la Nulidad del Testimonio de Escritura de Protocolización de Prescripción Adquisitiva de Dominio para que este acto jurídico quede sin efecto y regrese la propiedad a sus antiguos propietarios que son los poderdantes. Es así que con fecha 10 de diciembre del 2007 el Juez emite sentencia y procede a valorar los medios probatorios destacando que el demandado ha señalado que ha adquirido el inmueble de terceras personas y al existir contrato de por medio la vía más idónea para reclamar su pretensión de propiedad era el otorgamiento de Escritura Pública, de tal forma que al tramitar la titularidad de la propiedad mediante “Prescripción Notarial ha incurrido en causal de nulidad contenido en el artículo 219 inciso 8° del Código Civil, es decir cuando el acto es contrario a las leyes que interesan al orden público y las buenas costumbres, por lo que FALLA declarando fundada la demanda, empero no estando de acuerdo con esta resolución el demandado interpuso recurso de apelación. Siendo que La Primera Sala Civil de Lambayeque con fecha 12 de agosto de 2008, resuelve: revocar la sentencia venida en grado que declara fundada la demanda y reformando la declara infundada la demanda; considerando que el procedimiento Notarial ha seguido un trámite regular conforme a los alcances del artículo 5° de la Ley 27333, asimismo señalo que el contrato de compra venta que el demandante argumenta como prueba asimilada en otro proceso, este no tiene trascendencia, pues no es requisito para poder usucapir la propiedad y como punto final la sala Superior Civil considera que no ha sido probada la concurrencia de la causal de nulidad pues se ha utilizado un procedimiento establecido en la ley, siendo esta la decisión de la Sala Superior y no conforme con esta resolución el demandante con fecha 08 de septiembre del 2008 interpone recurso de casación. Por lo que con fecha 28 de octubre de 2008 la Sala Civil de la Corte Suprema de la República, procede a calificar el recurso y estando a que el presente recurso no se configura la causal invocada como casación ya que la sala Civil Superior expresa las motivaciones con relación a la valoración de la prueba actuada, no resultando idóneo para sustentar la casación la divergencia que puede tener el recurrente del valor que el Juez le otorga a determinada prueba, de tal forma que debe ser desestimado el recurso, por lo que resolvieron declarar: IMPROCEDENTE El recurso de Casación, condenando al recurrente al pago de costas y costos. y NO CASARON la sentencia.Submitted by investigacion investigacion (dinvestigacion@ulasamericas.edu.pe) on 2020-11-24T17:51:03Z No. of bitstreams: 2 EXP. CIVIL - LOPEZ.pdf: 1508512 bytes, checksum: 4d892766bb0601ed00a9cdb1db667161 (MD5) EXP. PENAL - LOPEZ.pdf: 1254927 bytes, checksum: eed5dc3d2d92867e4cc2e59fe2e05a69 (MD5)Made available in DSpace on 2020-11-24T17:51:03Z (GMT). No. of bitstreams: 2 EXP. CIVIL - LOPEZ.pdf: 1508512 bytes, checksum: 4d892766bb0601ed00a9cdb1db667161 (MD5) EXP. PENAL - LOPEZ.pdf: 1254927 bytes, checksum: eed5dc3d2d92867e4cc2e59fe2e05a69 (MD5) Previous issue date: 2020-11-24application/pdfspaUniversidad Peruana de las AméricasPEinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/pe/Derecho CivilDerecho PenalExpediente N°6293 – 2006 nulidad de acto jurídicoExpediente N°0070-2004 delito contra el patrimonio – robo agravadoinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionreponame:ULASAMERICAS-Institucionalinstname:Universidad Peruana de Las Américasinstacron:ULASAMERICASSUNEDUAbogadoDerechoUniversidad Peruana de las Américas. Facultad de Derecho0677832406629043https://orcid.org/0000-0002-2684-6181https://orcid.org/0000-0003-4513-915680241618421016Murillo Pitman, OswaldoCapcha Carrillo, TitoPalacios Sánchez, José Manuelhttp://purl.org/pe-repo/renati/nivel#tituloProfesionalhttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionalORIGINALEXP. CIVIL - LOPEZ.pdfEXP. CIVIL - LOPEZ.pdfapplication/pdf1508512http://192.168.10.17/bitstream/upa/986/1/EXP.%20CIVIL%20-%20LOPEZ.pdf4d892766bb0601ed00a9cdb1db667161MD51EXP. PENAL - LOPEZ.pdfEXP. PENAL - LOPEZ.pdfapplication/pdf1254927http://192.168.10.17/bitstream/upa/986/2/EXP.%20PENAL%20-%20LOPEZ.pdfeed5dc3d2d92867e4cc2e59fe2e05a69MD52LICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; charset=utf-81748http://192.168.10.17/bitstream/upa/986/3/license.txt8a4605be74aa9ea9d79846c1fba20a33MD53upa/986oai:192.168.10.17:upa/9862022-04-01 10:41:55.158Repositorio UPAdinvestigacionupa@gmail.com
score 13.987529
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).