Expediente N°00893-2014-0-1801-JR-LA-08, desnaturalización de contratos y pago de beneficios sociales

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación y análisis comprende el expediente laboral N°00893-2014-0-1801-JR-LA-08, que se desarrolló ante el Octavo Juzgado Especializado Permanente del Trabajo, en vía de Proceso Ordinario Laboral, cuya materia es la Desnaturalización de Contratos Cas y Pago de Beneficios...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Palacios Ojeda, Carlos Eduardo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Peruana de Las Américas
Repositorio:ULASAMERICAS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:192.168.10.17:upa/977
Enlace del recurso:http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/977
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Desnaturalización de contratos
Beneficios sociales
Feminicidio calificado
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación y análisis comprende el expediente laboral N°00893-2014-0-1801-JR-LA-08, que se desarrolló ante el Octavo Juzgado Especializado Permanente del Trabajo, en vía de Proceso Ordinario Laboral, cuya materia es la Desnaturalización de Contratos Cas y Pago de Beneficios Sociales. Teniendo como sujetos procesales a Lizardo Enrique Torres Llanos como demandante y Municipalidad de San Isidro, representado por su alcalde Raúl Alejandro Cantella Salaverry como demandada. El mismo que contiene los siguientes acápites: comprende Síntesis de la Demanda, Síntesis de la contestación de la Demanda, así como se anexa, Fotocopia de los Recaudos y principales Medios Probatorios, Síntesis de la Audiencia Única de saneamiento, conciliación y pruebas admitidas, así como Síntesis de la Audiencia de Juzgamiento Anticipado, Fotocopia de la Sentencia del Juez Especializado, Fotocopia de la Sentencia de la Sala Superior, Fotocopia de la Resolución de la Corte Suprema, también Jurisprudencia de los últimos diez (10) años, así mismo Doctrina Actual sobre la materia laboral, también Síntesis Analítica del Trámite Procesal, y nuestra Opinión Analítica del tratamiento del asunto sub materia, conclusiones y recomendaciones. Del trámite del proceso, en la sentencia de primera instancia, se declaró infundada en todos sus extremos la demanda, por el contrario, en la sentencia de segunda instancia se revocó la sentencia apelada y reformándola declararon fundada la demanda, lo que fue ratificado por los Jueces Supremos de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema, al declarar improcedente el recurso de casación interpuesto por la entidad demandada, cuya opinión analítica, se detalla en el contexto del presente trabajo de suficiencia profesional.
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