Análisis de la sentencia casatoria Nº 2183-2021/ Tacna sobre la consumación en delito de robo agravado expedida por la sala penal suprema permanente de la corte suprema del Perú

Descripción del Articulo

En la presente investigación el problema es: ¿Cuáles son los elementos que caracterizan a la sentencia casatoria N° 2183/2021/Tacna sobre la consumación en el delito de robo agravado; expedida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del Perú? el objetivo es: describir los elementos que cara...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Olivares Garamendi, Rosa
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
Repositorio:ULADECH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uladech.edu.pe:20.500.13032/41334
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13032/41334
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Consumación
Concurso Real de Delitos
Disponibilidad Potencial
Robo Agravado
Sentencia Casatoria
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En la presente investigación el problema es: ¿Cuáles son los elementos que caracterizan a la sentencia casatoria N° 2183/2021/Tacna sobre la consumación en el delito de robo agravado; expedida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del Perú? el objetivo es: describir los elementos que caracterizan a la sentencia casatoria. Es un estudio documental, de nivel descriptivo; tipo cualitativo; diseño no experimental y transversal; la unidad de análisis es una sentencia casatoria que declaró fundada en parte la casación en aplicación de la sentencia plenaria N° 1-2005/DJ-301-A; los datos se recolectaron utilizando las técnicas de la observación, el análisis documental y como instrumento una guía de observación. De acuerdo a los resultados las conclusiones son: 1) Los hechos originados son dos delitos de robo agravado, cometidos en un mismo día, por los mismos autores, en agravio de diferentes víctimas, mediando entre uno y el otro hecho, tiempo y espacio suficiente. 2) en primera instancia se condenó a los autores, por el primer acto a 9 y 7 años de pena privativa de la libertad; y por el segundo a 7 años de PPL para cada uno, por el robo agravado en calidad de tentativa; y en segunda instancia se confirmó. 3) la casación lo formuló el Ministerio Público y solo cuestionó la pena del primer hecho, que fue de 9 y 7 años y solicitó anular la sentencia y disponer nuevo juzgamiento. 4) El tema a decidir en la sala suprema: fue determinar la correcta aplicación de la doctrina jurisprudencial, sobre la disponibilidad potencial, aplicable al robo agravado 5) El momento de la consumación según la SP N° 1-2005/DJ-305-A es cuando surge la disponibilidad potencial de disponer los bienes sustraídos aplicable en el primer acto; porque, luego de sustraer los bienes a la víctima, huyeron de la escena del crimen en un vehículo, transcurrió más de 40 minutos; por lo tanto tuvieron la disponibilidad potencial de la cosa robada por lo que es incorrecto condenarlos en calidad de tentativa; siendo lo correcto en calidad de consumado lo que debe corregirse y 6) los fundamentos en la sentencia casatoria son aplicación: la correcta aplicación de la doctrina jurisprudencial; la petición de 12 años de ppl en la acusación; el principio de reforma en peor y el concurso real de delitos y la decisión fue: no aplicar el reenvío, sino actuar en sede de instancia por lo que revocaron la sentencia en la parte del primer acto, y reformando condenaron a 12 años de ppl a cada uno; que sumados a los 7 años de ppl por el segundo, a cada uno le correspondió 19 años de ppl.
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