La invalidez de contratación administrativa de servicios (CAS) y reposición por despido resuelto en el proceso N° 00169-2021-0-2101-JR-LA-01; Distrito Judicial de Puno. Abril 2025

Descripción del Articulo

La investigación tiene como objetivo Describir los elementos que caracterizan a la invalidez de contratación administrativa de servicios (CAS) y reposición por despido resuelto en el expediente N° 00169-2021-0-2101-JR-LA-01; Distrito Judicial de Puno. Abril 2025; su nivel es descriptivo, su finalida...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Rios Minauro, Dorka Elizabeth
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2026
Institución:Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
Repositorio:ULADECH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uladech.edu.pe:20.500.13032/43626
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13032/43626
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Empleado
Invalidez de Contrato
Obrero
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La investigación tiene como objetivo Describir los elementos que caracterizan a la invalidez de contratación administrativa de servicios (CAS) y reposición por despido resuelto en el expediente N° 00169-2021-0-2101-JR-LA-01; Distrito Judicial de Puno. Abril 2025; su nivel es descriptivo, su finalidad es básica, de enfoque cualitativo y diseño no experimental y transversal; la unidad de análisis es el proceso judicial contenido en el expediente N° 00169- 2021-0-2101-JR-LA-01, las técnicas empleadas son la observación y el análisis documental y el instrumento una guía de observación. De acuerdo a los resultados las conclusiones son: 1) El actor fundamento mediante los medios probatorios documentales sobre la relación laboral existente mediante el contrato laboral y las boletas de pago (remuneración), 2) el juez motivo la decisión, partiendo por aclarar sobre la excepción de incompetencias por razón de materia considerando el artículo 35 de la NLPT y la casación 12373-2016 Lima Este, la diferencia entre el obrero municipal y empleado considerando la casación N° 2754-2012/Lima que permitió establecer en el régimen que se encontraba el actor de acuerdo a la funciones que desarrollo en la institución, 3) El actor apeló y señalo que el juez no ha considerado con claridad la diferencia entre obrero y empleado municipal con énfasis a las actividades desarrolladas en la institución, 4) El juez de segunda instancia no declaro infundada y confirmo la decisión adoptada.
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