La inexistencia de amenaza de daño a la salud y medio ambiente según la Sentencia Casatoria N° 13370-2019 del Santa; Abril 2022

Descripción del Articulo

La presente investigación tuvo como objetivo general determinar los elementos que caracterizan la inexistencia de la amenaza de daño a la salud y al medio ambiente según la Sentencia Casatoria N.° 13370-2019 Del Santa, expedida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente en abril de 20...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Ewes Blas, Luis Alejandro
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2026
Institución:Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
Repositorio:ULADECH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uladech.edu.pe:20.500.13032/43552
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13032/43552
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Daño a la Salud
Inexistencia de Amenaza
Medio Ambiente
Radiaciones no Lonizantes
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación tuvo como objetivo general determinar los elementos que caracterizan la inexistencia de la amenaza de daño a la salud y al medio ambiente según la Sentencia Casatoria N.° 13370-2019 Del Santa, expedida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente en abril de 2022. El enfoque es cualitativo, de nivel descriptivo y diseño no experimental transeccional. Los datos se recolectaron mediante observación, análisis documental y una guía de observación; la unidad de estudio es una sentencia casatoria. Conclusiones: el conflicto se originó porque la municipalidad demandada impuso una multa a la demandante por instalar infraestructura de telecomunicaciones sin autorización expresa, mientras que esta alegó contar con autorización por silencio administrativo positivo. La demanda fue declarada fundada en primera instancia y confirmada en segunda, declarando nulas las resoluciones sancionadoras por omitir los efectos del silencio positivo y aplicar indebidamente ordenanzas locales en contravención de la Ley N.° 29022 y su reglamento. El recurso de casación de la municipalidad, basado en vulneración del debido proceso y aplicación indebida de la Ley N.° 27444, fue declarado infundado al no acreditarse daño ni amenaza a la salud o al medio ambiente, estableciendo que la instalación de antenas no constituye una amenaza jurídicamente relevante.
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