Tendencia de la administración de justicia sobre la prueba prohibida en el proceso penal, distrito de Coronel Portillo, 2020.

Descripción del Articulo

La investigación tuvo como problema ¿Cuál es la tendencia de la administración de justicia sobre la prueba prohibida en el proceso penal, en la Distrito de Coronel Portillo, 2020? El objetivo fue determinar la tendencia de la administración de justicia sobre la prueba prohibida. nivel exploratorio d...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Garcia Rios, Hilda Amelia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
Repositorio:ULADECH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uladech.edu.pe:20.500.13032/33769
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13032/33769
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Celeridad
Eficacia
Impacto
Prueba y Tendencia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La investigación tuvo como problema ¿Cuál es la tendencia de la administración de justicia sobre la prueba prohibida en el proceso penal, en la Distrito de Coronel Portillo, 2020? El objetivo fue determinar la tendencia de la administración de justicia sobre la prueba prohibida. nivel exploratorio descriptivo, y diseño no experimental, retrospectivo y transversal. La unidad de análisis las faltas en el proceso penal, la población consta de 1700 abogados, la muestra se eligió mediante muestreo probabilístico de 143 abogados penalistas; para recolectar los datos se utilizó la técnica de la encuesta; y como instrumento cuestionario, para la tabulación de los resultados se utilizó el sistema Excel 2020. Los resultados, se observó que el 55% de impacto, 86% señalan que en los procesos penales no existe celeridad y finalmente el 63% consideró la prueba prohibida seria eficaz, dependiendo de la forma de su aplicación dentro del proceso penal. Finalmente se concluyó que la prueba permite al juez esclarecer los hechos sobre la controversia, pero la obtención de esta no debe de afectar los derechos fundamentales de las personas como es la integridad física, la libertad individual, la intimida, imagen, el domicilio y las conversaciones privadas que se tenga, que están considerada como derechos fundamentales dentro de la constitución.
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