Caracterización del proceso de impugnación de resolución sobre solicitud de reintegro por años de servicios; expediente N° 00373-2014-0-1706-JR-CI-03; sexto juzgado laboral – Chiclayo; distrito judicial Lambayeque, Perú. 2021

Descripción del Articulo

El trabajo de investigación tuvo como problema ¿Cuál es la caracterización del Proceso de Impugnación de Resolución sobre solicitud de reintegro por años de servicios Expediente Nº 00373-2014-01-1706-JR-CI-JR-CI-03 Sexto Juzgado Laboral Chiclayo distrito judicial Lambayeque; Perú 2021?. El proceso j...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Sarmiento Olaya, Esperanza Angelica
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
Repositorio:ULADECH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uladech.edu.pe:20.500.13032/32971
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13032/32971
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Caracterización del proceso
Impugnación de resolución administrativa
Reintegro por años de servicio
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El trabajo de investigación tuvo como problema ¿Cuál es la caracterización del Proceso de Impugnación de Resolución sobre solicitud de reintegro por años de servicios Expediente Nº 00373-2014-01-1706-JR-CI-JR-CI-03 Sexto Juzgado Laboral Chiclayo distrito judicial Lambayeque; Perú 2021?. El proceso judicial de primera y segunda Instancia. Tuvo como objetivo determinar las características del proceso en estudio. La metodología es de tipo cuantitativo, cualitativo, mixto, de nivel explorativo, descriptivo y diseño no experimental, retrospectivo trasversal, la unidad de análisis fue un expediente judicial seleccionado mediante muestreo no conveniente, para recolectar los datos se utilizó la técnica de observación y el análisis de contenido, y como instrumento una guía de observación. Los resultados de esta investigación revelaron que no se cumplen los plazos señalados previstos en nuestra norma, los medios de pruebas que presentaron las partes son claros no ambiguos siendo parte crucial para la sentencia y confirmación de esta. En el expediente no se respetó el debido proceso ni los principios de razonabilidad, subsidiaridad, necesidad, provisionalidad y excepcionalidad que debe guardad la durabilidad de un proceso. La aplicación del principio de jerarquía normativa en los artículos 51 y 138 de nuestra Constitución Política y el articulo 54 numeral “a” del decreto legislativo Nº 276 anteponiéndose al Decreto Supremo Nº 051-91-PCM. trata propiamente de una manifestación implícita del derecho al debido proceso y la tutela judicial articulo 139 incisos 3,5,8, de la Constitución Peruana y en tal derecho a la impugnación y a la doble instancia.
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