La condena por tráfico ilícito de drogas en el proceso N° 00937-2024-7-2402-JR-PE-03, distrito judicial de Ucayali, setiembre 2025

Descripción del Articulo

La investigación tiene como objetivo describir los elementos que caracterizan a la condena por tráfico ilícito de drogas en el proceso penal N° 00937-2024-7-2402-JR-PE-03, del Distrito Judicial de Ucayali, setiembre 2025, específicamente en cuanto a las decisiones adoptadas en cada instancia judicia...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Angles Maytahuari, Mitzi Mitzue
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2026
Institución:Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
Repositorio:ULADECH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uladech.edu.pe:20.500.13032/43002
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13032/43002
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Condena
Ejecución de Sentencia
Reparación Civil
Tráfico Ilícito de Drogas
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La investigación tiene como objetivo describir los elementos que caracterizan a la condena por tráfico ilícito de drogas en el proceso penal N° 00937-2024-7-2402-JR-PE-03, del Distrito Judicial de Ucayali, setiembre 2025, específicamente en cuanto a las decisiones adoptadas en cada instancia judicial. Este estudio es de nivel descriptivo, con una finalidad básica. El enfoque es cualitativo, el diseño es no experimental y transaccional, y tiene como unidad de análisis un proceso judicial sobre La Condena Por Tráfico Ilícito De Drogas, Proceso N° 00937-2024-7-2402-Jr-Pe-03, Distrito Judicial De Ucayali, Setiembre 2025. Los datos fueron extraídos mediante la observación y el análisis documental, utilizando una guía de observación. La pretensión en el requerimiento fiscal fue la condena a 16 años de prisión, multa y reparación civil, fundamentada en pruebas de intervención policial y tráfico ilícito de drogas de drogas. En primera instancia, la condena fue de 8 años de prisión, con multa y reparación civil, sustentada en la suficiencia de las pruebas de tráfico ilícito. El condenado apeló y su pretensión fue la absolución o nulidad de la sentencia, fundamentada en que los acusados eran consumidores. El Ministerio Público, en su pretensión, solicitó confirmar la condena, basada en la solidez de las pruebas. En segunda instancia, se confirmó la sentencia, ya que la Sala de Apelaciones consideró que las pruebas presentadas eran suficientes para ratificar la condena. La ejecución de la sentencia estuvo a cargo del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), quien se encargó del cumplimiento de la pena privativa de libertad y de la reparación civil estaba a cargo del Procurador Publico en delitos de Tráfico Ilícito de Drogas conforme a lo establecido.
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