Validez normativa y técnicas de interpretación jurídica aplicadas en la sentencia casatoria N° 640- 2017, emitida por la corte suprema, en el expediente Nº 00113-2015-0-1409-JR-PE-01 del distrito judicial de Icalima, 2020.

Descripción del Articulo

“El estudio tuvo como inconveniente: ¿De qué forma los métodos de traducción son aplicadas en la traducción de la normativa, proveniente de la Sentencia de la Corte Suprema, en el expediente Nº 00113-2015-0-1409-JR-PE-01 del Distrito Judicial De Ica– 2017?; el objetivo general fue: determinar el mod...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Quispe Llimpe, Nicolasa Valentina
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
Repositorio:ULADECH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uladech.edu.pe:20.500.13032/22024
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13032/22024
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Agravado
Contrabando
Delito
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:“El estudio tuvo como inconveniente: ¿De qué forma los métodos de traducción son aplicadas en la traducción de la normativa, proveniente de la Sentencia de la Corte Suprema, en el expediente Nº 00113-2015-0-1409-JR-PE-01 del Distrito Judicial De Ica– 2017?; el objetivo general fue: determinar el modo de traducción aplicadas en la contradicción normativa. Es tipo cuantitativo-cualitativo (mixto); nivel exploratorio – hermenéutico; diseño método hermenéutico razonable”. “La unidad muestral fue un expediente judicial, seleccionado mediante muestreo por provecho; para recoger los datos se utilizó los métodos de la observación y el análisis de contenido; y como instrumento una lista de cotejo, validado mediante juicio de expertos. “Los resultados revelaron que la discrepancia normativa. A veces, se presentó en la sentencia de la Corte Suprema, aplicándose en forma, inadecuada, las técnicas de interpretación”. En conclusión, al ser A veces inadecuada los resultados, esto muestra que la sentencia en estudio de la Corte Suprema, careció de motivación, por la falto de fundamentos de hecho y de derecho, ya que las partes deberían de conocer la razón, de dicha decisión del juez.”
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