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La notificación por cédula del auto final y la sentencia en los procesos civiles contemplada en la Ley N° 30229 y el principio de celeridad procesal

Descripción del Articulo

La presente investigación se desarrolló con el objetivo de analizar en qué medida la notificación por cédula del auto final y la sentencia en los procesos civiles contemplada en la Ley Nº 30229 vulnera el principio de celeridad procesal, se realizó una investigación de tipo básica con un diseño desc...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Palpa Astudillo, Ruddy Vanessa
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2026
Institución:Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Repositorio:UIGV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uigv.edu.pe:20.500.11818/10675
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.11818/10675
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:notificación por cédula
notificación electrónica
eficacia
celeridad procesal
casilla electrónica
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación se desarrolló con el objetivo de analizar en qué medida la notificación por cédula del auto final y la sentencia en los procesos civiles contemplada en la Ley Nº 30229 vulnera el principio de celeridad procesal, se realizó una investigación de tipo básica con un diseño descriptivo simple de corte transversal; además, se abordó el estudio con un método documental y con un enfoque de investigación no experimental de corte transversal. La información se recopilo mediante técnicas empleadas como análisis documental, análisis de contenido y observación, se utilizaron documentos a través de la plataforma en línea con acceso a bibliotecas académicas y la guía de observación. Sobre esta estructura, se concluyó que la notificación por cédula del auto que pone fin al proceso y de la sentencia en los procesos civiles vulnera el principio de celeridad procesal, al evidenciar ineficiencias y retrasos constantes (como las devoluciones de cédula), problemas estructurales (algunos órganos jurisdiccionales carecen de personal suficiente para cumplir la función de notificador) y carencia de recursos (por ejemplo, escasez de papel, impresoras u otros insumos). En consecuencia, al no respetar los plazos establecidos ni garantizar que los procesos se desarrollen de manera oportuna y sin dilataciones, se vulnera este principio.
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