FACTORES QUE INCIDEN EN LA COMISION DEL DELITO DE ROBO COMETIDO POR MENORES DE EDAD EN EL DISTRITO DE AMARILIS HUÁNUCO 2015 – 2016

Descripción del Articulo

Demostrar la responsabilidad penal de los menores infractores ha tenido un desarrollo paulatino, asumiéndose el derecho de menores hoy en día como una rama autónoma del derecho, producto del desarrollo doctrinario de los derechos humanos, principalmente abordados en la Convención de los Derechos del...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ambicho Cespedes, Jimmy Joan
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad de Huánuco
Repositorio:UDH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.udh.edu.pe:123456789/1077
Enlace del recurso:http://repositorio.udh.edu.pe/123456789/1077
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho
Descripción
Sumario:Demostrar la responsabilidad penal de los menores infractores ha tenido un desarrollo paulatino, asumiéndose el derecho de menores hoy en día como una rama autónoma del derecho, producto del desarrollo doctrinario de los derechos humanos, principalmente abordados en la Convención de los Derechos del Niño, la que ha sido, a su vez, impulsada por el gran cambio social, que en esta materia ha vivenciado el derecho penal adolescente. Todo el sistema penal juvenil previo a la Convención de los Derechos del Niño, ha sido entendido como un sistema de irresponsabilidad, donde aquellos menores infractores de ley, simplemente no se hacían cargo de los delitos cometidos, ya que se consideraban al margen de lo que significaba ser “sujetos de derecho”, producto de la escasa y postergada respuesta estatal frente a las infracciones cometidas por los adolescentes. Como un ser racional está dotado de la facultad de discurrir, de pensar, de reflexionar, de la facultad intelectiva que juzga las cosas con razón, que es capaz de discernir lo bueno de lo malo y lo verdadero de lo falso. Le permite tener una idea clara de las cosas, entenderlas, comprender la naturaleza, cualidades y relaciones de las cosas, conocerlas y saber con perfección acerca de ellas. Como un ser libre, para actuar conforme lo que le señala su razón o hacerlo en sentido contrario, y para ello está dotado de voluntad, pudiendo en consecuencia auto determinarse en el sentido del bien o del mal, de hacer lo justo o lo injusto, de acatar libremente el derecho o quebrantarlo. Y precisamente es por eso un ser responsable de sus actos. Asume las consecuencias favorables o desfavorables que se deriven, sea en los planos jurídico, moral o social. De este modo, atribuir responsabilidades a menores que se encuentran en proceso de formación hacia la adultez, debe ser, un antecedente importante a la hora de tomar la decisión de sancionar conductas que los mismos adultos, con plenas facultades de discernimiento han quebrantado. Las diferenciaciones que se deben adoptar están precisamente consideradas en relación al estado de inmadurez del menor, a su falta de desarrollo físico, intelectual y social, ello sumado a las condiciones que propician el anclaje al mundo delictivo desde tempranas edades, de menores insertos en un mundo que, en términos morales, no les corresponde habitar. Los jóvenes deben ser objeto de un sistema de justicia, diferente al de los adultos, ello justificado en un sistema que reconozca las teorías relacionadas con la infancia y la adolescencia. Precisamente esto ha hecho a la llamada “delincuencia juvenil” un objeto privilegiado del estudio psicológico y sociológico, y al mismo tiempo, un campo privilegiado para la experimentación en políticas judiciales y penitenciarias, con frecuencia más tarde aplicadas a los adultos.
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