CAUSAS DE LA FALTA DE IMPLEMENTACIÓN EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL SOBRE EMBARAZO SUBROGADO O COMUNMENTE LLAMADO VIENTRE DE ALQUILER. LIMA METROPOLITANA – 2018

Descripción del Articulo

Actualmente existe jurisprudencia y casación, pero aplicando la ley de Salud 26842 en su art.7, se debe aprobar una norma Jurídica que regule el uso de este método de concepción, para evitar la mala interpretación de la misma, dándole su importancia a través de su Reglamentación. A la fecha existen...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Salazar Zuazo, Carmen Alicia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad de Huánuco
Repositorio:UDH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.udh.edu.pe:123456789/1734
Enlace del recurso:http://repositorio.udh.edu.pe/123456789/1734
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho
Descripción
Sumario:Actualmente existe jurisprudencia y casación, pero aplicando la ley de Salud 26842 en su art.7, se debe aprobar una norma Jurídica que regule el uso de este método de concepción, para evitar la mala interpretación de la misma, dándole su importancia a través de su Reglamentación. A la fecha existen proyectos para legislar sobre el tema en cuestión sin resultado positivo hasta el momento. El Embarazo subrogado tomó gran importancia en nuestro País por no existir una legislación sobre el hecho, se detuvo a dos extranjeros de nacionalidad chilena, los mismos que fueron acusados por trata de personas, privándolos de su libertad por pretender llevar a dos bebés mellizos sin documentos de filiación, a pesar que dicho acto se realizó en una clínica de prestigio en la ciudad de Lima Metropolitana, habiendo realizado un contrato con la madre sustituta ante una notaria del Perú, sin que este regulada por una norma que rija dicho acto jurídico. Luego que se realizo una prueba de ADN al Padre, se confirmó su paternidad. Los motivos para no legislar se deben a que no se está tomando la debida importancia. Asimismo se debe tomar en cuenta que la juventud del siglo VEINTIUNO pretende ser padres de 30 a 40 años, y la fertilidad comienza en la pubertad, pero es impredecible cuando ella será infértil. Por ello, tendrían que recurrir a esta forma de concepción. Durante la investigación en derecho comparado se puede constatar que en siete países está permitido, pero ninguno tiene una legislación determinada, algunas la hacen por costumbre, jurisprudencia entre otros.
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