La protección de la vida y la dignidad de la persona humana en el Derecho peruano

Descripción del Articulo

En este artículo se destaca que: EL EMBRIÓN DEBE SER PROTEGIDO COMO PERSONA. El Derecho peruano reconoce la personalidad jurídica del embrión como ser humano en sentido pleno y protege la vida desde la fecundación hasta la muerte natural. Es sujeto de derechos desde su concepción. Por lo tanto tenem...

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Detalles Bibliográficos
Autor: de la Fuente Hontañón, Rosario
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2011
Institución:Universidad de Piura
Repositorio:UDEP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:pirhua.udep.edu.pe:11042/1632
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/11042/1632
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Concebidos no nacidos -- Legislación -- Perú
Embriones humanos -- Aspectos morales y éticos
Dignidad de la persona -- Análisis -- Perú
D342.21
Descripción
Sumario:En este artículo se destaca que: EL EMBRIÓN DEBE SER PROTEGIDO COMO PERSONA. El Derecho peruano reconoce la personalidad jurídica del embrión como ser humano en sentido pleno y protege la vida desde la fecundación hasta la muerte natural. Es sujeto de derechos desde su concepción. Por lo tanto tenemos normas protectoras de la vida humana y de la persona física. La Constitución peruana en los dos primeros artículos plantea la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como el FIN SUPREMO DE LA SOCIEDAD Y DEL ESTADO. Toda persona tiene derecho a la VIDA, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. EL CONCEBIDO ES SUJETO DE DERECHO EN TODO CUANTO LE FAVORECE.
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