Análisis de la constitucionalidad de la declaratoria de estado de emergencia como medio para controlar las protestas sociales
Descripción del Articulo
En el Perú, a lo largo de los años nuestros jefes de Estado han declarado numerosos estados de emergencia donde se han contemplado la limitación de derechos fundamentales. Así, pese a ser una institución prevista para circunstancias excepcionales lo cierto es que se ha aplicado de manera frecuente y...
| Autores: | , |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2023 |
| Institución: | Universidad de Piura |
| Repositorio: | UDEP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:pirhua.udep.edu.pe:11042/6185 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/11042/6185 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Estado de excepción Principio de proporcionalidad (Derecho) Derechos políticos y civiles D342.22 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | En el Perú, a lo largo de los años nuestros jefes de Estado han declarado numerosos estados de emergencia donde se han contemplado la limitación de derechos fundamentales. Así, pese a ser una institución prevista para circunstancias excepcionales lo cierto es que se ha aplicado de manera frecuente y su estudio es escaso. En esta tesis se analiza si los decretos supremos que declaran y prorrogan el estado de emergencia durante los meses de febrero, marzo y abril de 2020, en el contexto de uno de los proyectos mineros más grandes de nuestro país: el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, cumplen con los presupuestos contemplados en nuestro ordenamiento constitucional. Nuestra conjetura es que dichos decretos no se han dictado a la luz de las exigencias establecidas en la Constitución Política de 1993 y las normas convencionales sobre derechos humanos que forman parte de nuestro bloque constitucional en relación a la configuración de la causal habilitante, los derechos fundamentales que se limitan, la participación de las Fuerzas Armadas y el plazo por el cual se decretan. Como resultado de nuestro análisis hemos determinado que nuestra conjetura es cierta y que, además, los decretos carecen de motivación puesto que no manifiestan las razones que justifican la decisión de establecer o prolongar un estado emergencia de manera consecutiva. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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