Análisis de la constitucionalidad de la declaratoria de estado de emergencia como medio para controlar las protestas sociales

Descripción del Articulo

En el Perú, a lo largo de los años nuestros jefes de Estado han declarado numerosos estados de emergencia donde se han contemplado la limitación de derechos fundamentales. Así, pese a ser una institución prevista para circunstancias excepcionales lo cierto es que se ha aplicado de manera frecuente y...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Fachin Sánchez, Ariana Isabella, Vásquez Zaccaro, Sofía Elizabeth
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad de Piura
Repositorio:UDEP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:pirhua.udep.edu.pe:11042/6185
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/11042/6185
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Estado de excepción
Principio de proporcionalidad (Derecho)
Derechos políticos y civiles
D342.22
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el Perú, a lo largo de los años nuestros jefes de Estado han declarado numerosos estados de emergencia donde se han contemplado la limitación de derechos fundamentales. Así, pese a ser una institución prevista para circunstancias excepcionales lo cierto es que se ha aplicado de manera frecuente y su estudio es escaso. En esta tesis se analiza si los decretos supremos que declaran y prorrogan el estado de emergencia durante los meses de febrero, marzo y abril de 2020, en el contexto de uno de los proyectos mineros más grandes de nuestro país: el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, cumplen con los presupuestos contemplados en nuestro ordenamiento constitucional. Nuestra conjetura es que dichos decretos no se han dictado a la luz de las exigencias establecidas en la Constitución Política de 1993 y las normas convencionales sobre derechos humanos que forman parte de nuestro bloque constitucional en relación a la configuración de la causal habilitante, los derechos fundamentales que se limitan, la participación de las Fuerzas Armadas y el plazo por el cual se decretan. Como resultado de nuestro análisis hemos determinado que nuestra conjetura es cierta y que, además, los decretos carecen de motivación puesto que no manifiestan las razones que justifican la decisión de establecer o prolongar un estado emergencia de manera consecutiva.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).