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Algunas reflexiones en torno a la Ley 30007: ¿Similitud o equiparación de derechos hereditarios a los concubinos? ¿Una Ley desfiguradora de la familia tradicional?

Descripción del Articulo

La lectura detenida de la reciente Ley 30007, promulgada el 17 de abril -y que se veía venir-ha suscitado numerosos interrogantes como los que dan inicio al presente trabajo, y ha levantado diversas opiniones a favor y en contra. En el artículo 1, se requiere que para poder recibir la herencia, la u...

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Detalles Bibliográficos
Autor: de la Fuente Hontañón, Rosario
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2013
Institución:Universidad de Piura
Repositorio:UDEP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:pirhua.udep.edu.pe:11042/1629
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/11042/1629
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Sucesión del cónyuge viudo
Parejas no casadas (Derecho) --Legislación -- Perú
Derecho de familia -- Perú
Fideicomiso -- Perú
Herencias y sucesiones -- Legislación -- Perú
D346.3
Descripción
Sumario:La lectura detenida de la reciente Ley 30007, promulgada el 17 de abril -y que se veía venir-ha suscitado numerosos interrogantes como los que dan inicio al presente trabajo, y ha levantado diversas opiniones a favor y en contra. En el artículo 1, se requiere que para poder recibir la herencia, la unión de hecho "se encuentre vigente al momento del fallecimiento de cualquiera de sus miembros". Se plantean algunos problemas como el del supuesto de la poligamia de facto, ¿cuál será la unión vigente?, ¿la que se inscriba?, ¿y las no inscritas? Porque todas ellas están "libres de impedimento matrimonial". Otra situación que puede ser injusta: una convivencia que ha durado 20 años, ya no está vigente y se inscribe la unión actual que lleva un año. ¿Quien pedirá la herencia?, ¿y si ya llevan tres años de convivencia? La herencia será para la última concubina, y queda desprovista la que tuvo una convivencia mayor.
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