La vulneración del principio de seguridad y la norma antielusiva en elusión fiscal

Descripción del Articulo

El Poder Ejecutivo ha adoptado medidas tributarias que contrarresten los actos de los contribuyentes dirigidos a eludir impuestos. Entre estas medidas la más importante consistió en la norma antielusiva general, contenida en la Norma XVI del Título del Preliminar del Código Tributario peruano, que s...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Plasencia Alva, Susy Milagros
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2015
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/63085
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/63085
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Seguridad jurídica
Evasión fiscal
Impuestos
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El Poder Ejecutivo ha adoptado medidas tributarias que contrarresten los actos de los contribuyentes dirigidos a eludir impuestos. Entre estas medidas la más importante consistió en la norma antielusiva general, contenida en la Norma XVI del Título del Preliminar del Código Tributario peruano, que se orienta a evitar la afectación del interés del fisco otorgando a la Superintendencia Nacional Tributaria – SUNAT facultades para decidir qué casos caerían dentro de la elusión tributaria. Esta norma debido a la enorme problemática de colisión con principios constitucionalmente reconocidos, el de reserva de ley, legalidad y seguridad jurídica principalmente, fue suspendida el 12 de julio del 2014. Así tenemos que se ha intentado implementar una norma antielusiva general sin cumplir con el requisito previos de sentar una base cognoscitiva en materia económica, negocial y jurídica en los diferentes niveles de la Administración y en los órganos jurisdiccionales, como ha venido sucediendo en otros países con tradición jurisprudencial frente a la elusión y doctrinas desarrolladas hace varias décadas. Además, cuentan con tratados de aplicación de esta norma antielusiva, una reglamentación adecuada y pública, que definen los esquemas de elusión tributaria y el detalle del procedimiento que debe seguir la autoridad administrativa reduciendo márgenes de arbitrariedad. La Norma XVI, es evidentemente atentatoria contra el principio de seguridad jurídica, ya que ensancha excesivamente la base imponible en cada una de las normas jurídicas tributarias a descripciones no contempladas en la misma, además que incentiva una mala técnica legislativa y sobreinterpretación de las normas; y, al no existir una base doctrinaria antielusiva sólida, el presupuesto de la norma antielusiva general se amplía demasiado al incluir conceptos como fraude a la ley, abuso de derecho, abuso de formas, entre otras que otorgan una desmedida discrecionalidad a la Administración.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).