Sesgos cognitivos en fuentes de prueba del proceso especial de colaboración eficaz e implicancias en el proceso penal. Lima - 2024

Descripción del Articulo

Los sesgos cognitivos son interpretaciones influenciadas por distintos factores o información disponible, generando que éstas sean erróneas y afecte a la toma de decisiones o al emitir juicios; por lo que, la investigación guarda relación con el ODS N.° 16. El objetivo general consistió en analizar...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Zanabria Tello, Jackeline Jossy
Formato: tesis doctoral
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/164610
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/164610
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Sesgos cognitivos
Prueba
Colaboración eficaz
Proceso penal
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Los sesgos cognitivos son interpretaciones influenciadas por distintos factores o información disponible, generando que éstas sean erróneas y afecte a la toma de decisiones o al emitir juicios; por lo que, la investigación guarda relación con el ODS N.° 16. El objetivo general consistió en analizar cómo afectan los sesgos cognitivos en las fuentes de prueba: proceso especial de colaboración eficaz y su implicancia en el proceso penal. La metodología utilizada fue de tipo básica, con diseño fenomenológico, asimismo se entrevistó a once expertos en la materia, llegándose al resultado que nuestra realidad no dista del derecho comparado respecto a los sesgos cognitivos; por lo que, se concluye que los sesgos cognitivos afectan en el proceso de colaboración eficaz, así como al proceso penal peruano, siendo el más frecuente el sesgo de confirmación y otros, los cuales causan afectaciones a los operadores judiciales a los agentes policiales y a los peritos forenses, siendo necesaria la modificatoria del artículo 473° del Código Procesal Penal, el primer párrafo del artículo 8.1.3 b.2) de la Instrucción General N.° 01-2017-JUS, así como la incorporación de nuevos artículos donde se regule un control jurisdiccional en la fase de corroboración, y se otorgue facultades al perito.
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