Presupuestos para declarar la nulidad de actas electorales en una mesa de sufragio, en la segunda elección presidencial del Perú, 2021

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación titulada “Presupuestos para declarar la nulidad de actas electorales en una mesa de sufragio, en la segunda elección presidencial del Perú 2021”, comprende los capítulos de introducción, metodología, resultados, conclusiones y recomendaciones; todo ello, en cumpl...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Loyola Pulido, Orlando Rubén, Oré Velásquez, Thalía Alcira
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/74996
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/74996
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Presupuesto - Perú
Nulidad (Derecho)
Derechos fundamentales
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación titulada “Presupuestos para declarar la nulidad de actas electorales en una mesa de sufragio, en la segunda elección presidencial del Perú 2021”, comprende los capítulos de introducción, metodología, resultados, conclusiones y recomendaciones; todo ello, en cumplimiento a las disposiciones emanadas por la Universidad César Vallejo, para obtener el Título Profesional de Derecho. El objetivo de la referida tesis es analizar los requisitos y motivaciones jurídicas para resolver los pedidos de nulidad de las actas electorales en las mesas de sufragio de acuerdo a nuestra legislación electoral. Se concluyó que los presupuestos para declarar la nulidad de este tipo de requerimientos en una mesa de sufragio, están bien definidos en el artículo 363 de la Ley N° 26859 Ley Orgánica de Elecciones. La norma específica la dimensión del hecho y la gravedad para poder señalar una nulidad y que estas decisiones como última instancia se resuelven en el Jurado Nacional de Elecciones, considerando el principio de presunción de la validez del voto, reconocido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Elecciones. Entrar a una instancia no especializada para ver este tipo de recursos que tiene procedimientos y protocolos propios como es el Poder Judicial dilataría un proceso electoral y haría interminable el cronograma. Sólo en casos de vulneración a derechos fundamentales se recurriría al Tribunal Constitucional, como así se estableció en varias jurisprudencias.
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