La necesidad de sanción a la oposición de mala fe de terceros en la prescripción adquisitiva de dominio en sede notarial

Descripción del Articulo

Nuestra presente investigación tiene como objetivo general el de determinar si es necesario sancionar la oposición de mala fe de terceros en la prescripción adquisitiva de dominio en sede notarial, teniendo un tipo de investigación básica con un enfoque cualitativo. Para la recolección de informació...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Lozada Moncada, Jennifer Sthefany, Mesones Abanto, Carlos Rolando
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/114080
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/114080
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Oposición notarial
Prescripción adquisitiva
Sede notarial
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Nuestra presente investigación tiene como objetivo general el de determinar si es necesario sancionar la oposición de mala fe de terceros en la prescripción adquisitiva de dominio en sede notarial, teniendo un tipo de investigación básica con un enfoque cualitativo. Para la recolección de información hemos utilizado un cuestionario de entrevista, el cual fue validado por 3 abogados con conocimientos en el sector materia de investigación y aplicadas a 6 abogados especializados en derecho civil y 3 notarios públicos. Los resultados que obtuvimos, determinaron que, si es necesario sancionar a los opositores de mala fe en la prescripción adquisitiva de dominio en sede notarial, con el objetivo de devolver la predictibilidad al procedimiento en sede notarial y evitar que se incremente la carga procesal en el poder judicial. Asimismo, evitar que estos grupos delictivos continúen lucrando, aprovechando el vacío legal que presenta la norma. Además, de obstruir la continuidad del trámite en dicho proceso también vulnera el derecho legitimado del solicitante, por ende, consideramos necesario la modificación del literal g) del artículo 5 de la Ley N° 27333, Ley Complementaria a la Ley Nº 26662, la Ley de Asuntos No Contenciosos de Competencia Notarial, para la Regularización de Edificaciones.
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