Delito de cohecho activo genérico aplicado al sujeto no cualificado que concede la solicitud del agente público, La Libertad 2019

Descripción del Articulo

El objetivo general fue determinar sí debe ser sancionado por el delito de cohecho activo genérico, el sujeto que concede una dádiva a un agente público, a consecuencia de su solicitud de este último, para omitir o realizar un acto funcional y los objetivos específicos son: Analizar el Principio de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Alvarez Castillo, César Alexander
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/46388
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/46388
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Corrupción - Aspectos legales - Perú
Corrupción administrativa - Perú
Delitos contra la administración pública - Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:El objetivo general fue determinar sí debe ser sancionado por el delito de cohecho activo genérico, el sujeto que concede una dádiva a un agente público, a consecuencia de su solicitud de este último, para omitir o realizar un acto funcional y los objetivos específicos son: Analizar el Principio de Legalidad específicamente en su manifestación de ley previa, conocer el delito de cohecho pasivo propio e impropio y el Cohecho Activo Genérico, e identificar la normativa internacional que permite responsabilizar al sujeto que concede donativo, promesa o cualquier ventaja a un agente público que previamente le solicitó a cambio de trasgredir sus funciones, empleándose el método descriptivo, haciéndose un estudio a profundidad del acontecimiento ocurrido de la realidad jurídica para explicar las causas del fenómeno, por ende la investigación fue básica. Los resultados obtenidos, determinaron que debería modificarse el verbo rector dar porque es ambigua y podría generar impunidad en supuestos como el planteado, incorporando el comportamiento de conceder, porque este último abarcaría la entrega material del particular por voluntad propia y la concesión del beneficio patrimonial a consecuencia de la solicitud previa del agente público a fin de poder procesar y sancionar al extraneus.
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