La estafa como falta contra el patrimonio cuando la afectación del bien no exceda la remuneración mínima vital, Piura 2023
Descripción del Articulo
La presente investigación responde a la pregunta ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos que sustentan la incorporación de la estafa como faltas contra el patrimonio en el Código Penal, cuando la acción del agente recaiga sobre un bien cuyo valor no sobrepase una remuneración mínima vital? El objetivo...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
Repositorio: | UCV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/161549 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/161549 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Estafa Delito Falta Patrimonio Proporcionalidad Última ratio https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La presente investigación responde a la pregunta ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos que sustentan la incorporación de la estafa como faltas contra el patrimonio en el Código Penal, cuando la acción del agente recaiga sobre un bien cuyo valor no sobrepase una remuneración mínima vital? El objetivo general busca determinar cuáles son los fundamentos legales y doctrinarios que respaldan la incorporación de la estafa como falta en el Código penal peruano, cuando la acción sea ejecutada frente a un bien cuyo quantum no sobrepasa la remuneraciónmínima vital; mientras que como objetivos específicos: a)analizar la doctrina del delito de estafa desde una perspectiva jurídico penal peruano, b) Establecer la vía procesal más adecuada para el tratamiento de la estafa ante la lesión mínima del bien jurídico y c) Conocer la justificación respecto a la utilización de recursos del estado para la persecución del delito de estafa en un proceso penal común cuando el bien no ha superado la remuneración mínima vital. La investigación es de tipo descriptiva y no experimental, la población son operadores jurídicos; se utilizó el método hermenéutico, el método exegético y el método dogmático. Las técnicas aplicadas fueron el cuestionario y el análisis documental. Los resultados muestran que es necesaria la incorporación de un criterio cuantitativo como elemento típico para efectos de la configuración de los delitos de Estafa y que es un acierto incorporar en el libro de Faltas Contra el Patrimonio, en el código penal, cuando la acción del agente recaiga sobre un bien cuyo valor no sobrepase una remuneración mínima vital. Las conclusiones nos muestran que La vía más idónea para poder tratar a la estafa ante la lesión mínima del bien jurídico protegido es el proceso especial por faltas, ya que al incorporar a la estafa en el libro de faltas teniendo en cuenta el parámetro del monto pecuniario, este sería muy eficaz y eficiente, trayendo como beneficio una sola audiencia, celeridad, las penas no serían desproporcionadas y existiría conciliación entre las partes. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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