El sistema de transferencias de bienes inmuebles peruano y la seguridad jurídica

Descripción del Articulo

En la actualidad nos encontramos en un sistema declarativo, en donde prima el consenso entre las partes, lo cual es suficiente para transferir o adquirir derechos una propiedad; en ese sentido, podemos observar que estas transferencias, no se realizan mediante mecanismos que brinden seguridad jurídi...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Barrera Misari, Cynthia Geraldine
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2015
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/121066
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/121066
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Transferencia
Sistema registral
Propiedad
Seguridad jurídica
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En la actualidad nos encontramos en un sistema declarativo, en donde prima el consenso entre las partes, lo cual es suficiente para transferir o adquirir derechos una propiedad; en ese sentido, podemos observar que estas transferencias, no se realizan mediante mecanismos que brinden seguridad jurídica, las mismas que conllevan a procesos judiciales largos seguidos por terceras personas perjudicadas por el desconocimiento del actual propietario del inmueble. Con la finalidad de solucionar este problema jurídico, se busca crear un sistema registra! que brinde confianza a los ciudadanos y que sientan que sus derechos tienen un respaldo de ello, de tal manera que exista un desarrollo económico en base a la seguridad de las relaciones jurídicas. Por ello, el sistema que se propone, tiene como esencia la inscripción obligatoria en el registro de las transferencias efectuadas, a fin de obtener una publicidad real de la situación jurídica de los bienes inmuebles conllevando a un mecanismo perfeccionado mediante el cual podremos tener certeza del bien que estamos adquiriendo. La presente investigación, demuestra a través del análisis de legislaciones de otros países y entrevistas a especialistas en esta materia; que el sistema constitutivo tiene el beneficio publicitario, basándose en que sólo serán propietarios las personas que inscriban la propiedad, los mismos que pueden estar seguros que su derecho no podrá ser vulnerado posteriormente, por lo que contaríamos con una información real en Registros Públicos, otorgándole seguridad jurídica al tercero adquirente y evitando conflictos judiciales innecesarios.
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