Los Garantes de Deudas Ajenas -Fiadores- y su Calificación como Consumidores a la luz del Código de Protección y Defensa del Consumidor

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación tiene por título “Los Garantes de Deudas Ajenas – Fiadores y su Calificación como Consumidores a la luz del Código de Protección y Defensa del Consumidor”. Teniendo como objetivo general y principal el analizar si los garantes de deudas ajenas – Fiadores deben ca...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Ferre Montenegro, Ana María
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/10270
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/10270
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Consumidor equiparado
Consumidor directo
Relación de consumo
ámbito de aplicación del CPDC
Fianza;
Relación Fianza
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tiene por título “Los Garantes de Deudas Ajenas – Fiadores y su Calificación como Consumidores a la luz del Código de Protección y Defensa del Consumidor”. Teniendo como objetivo general y principal el analizar si los garantes de deudas ajenas – Fiadores deben calificarse o no como consumidores, de acuerdo a las normas del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Nuestra tesis es de método cualitativo el cual nos permite analizar mejor el tema ya que se realiza un criterio subjetivo, teniendo como tipo de estudio Orientados al cambio y toma de decisiones; es así que para darle mayor apoyo a nuestra investigación es que se realizó como instrumento la entrevista la cual se aplicó a 5 especialistas en el tema dentro de los cuales contamos con abogados especialistas en derecho civil, bancario y consumidor y docentes conocedores del tema de manera que sus criterios que cada uno de los entrevistados adopta sobre el tema ayuda al desarrollo de la investigación. Los criterios de cada uno de los entrevistados fueron recogidos mediante un cuestionario de manera escrita y también verbal ya que se conversó sobre el tema con cada uno de los entrevistados. Es así que luego de la recolección de información se llevó a cabo el análisis de dicha información en la cual se pudo llegar a aceptar la hipótesis afirmativa la cual confirma que los fiadores si engloban en el concepto de consumidor por lo tanto dentro de del ámbito de aplicación, de acuerdo a lo que prescribe el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Llegando a la conclusión que después de una larga investigación definitivamente el garante de deudas ajenas (fiador) si debe considerarse como consumidor ya que el Código de Protección y Defensa del Consumidor, no solo protege al sujeto que entable una relación de consumo directa con su proveedor, sino también al consumidor equiparado (llamado así en la doctrina) que es un sujeto expuesto a la relación de consumo por ende el fiador debe ser protegido bajo la normativa del Código.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).