Análisis de la naturaleza de los denominados precedentes vinculantes emitidos por el tribunal constitucional y la garantía de la defensa de los derechos fundamentales
Descripción del Articulo
La Jurisprudencia constitucional que emite nuestro supremo intérprete de la constitución puede ser clasificada en dos clases o categorías; una jurisprudencia constitucional sin precedentes vinculantes y una con precedente vinculante o jurisprudencia constitucional reforzada, los precedentes vinculan...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2012 |
Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
Repositorio: | UCV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/129621 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/129621 |
Nivel de acceso: | acceso embargado |
Materia: | Jurisprudencia Constitucional Precedente vinculante Ratio decidendi Obiter dicta Decissun https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La Jurisprudencia constitucional que emite nuestro supremo intérprete de la constitución puede ser clasificada en dos clases o categorías; una jurisprudencia constitucional sin precedentes vinculantes y una con precedente vinculante o jurisprudencia constitucional reforzada, los precedentes vinculantes según nuestro tribunal constitucional tendrían efectos normativos similares a los de una ley y tendrían que ser obedecidos indiscutidamente, sin embargo citando el tercer párrafo del Art VI del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional que prescribe que “los jueces interpretan y aplican las leyes o toda norma con rango de ley y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional” toda jurisprudencia del Tribunal Constitucional sea precedente vinculante o no, vincularía frente a los jueces ordinarios, sin embargo y conforme se aprecia en la doctrina ambas vincularían pero no vincularían en la misma intensidad, pues partiendo de un análisis estructural de las sentencias constitucionales que emite nuestro Tribunal Constitucional los precedentes vinculantes solo podrían formularse a partir de lo que es una rateo deddendi y no de lo que es una obiter dicta, los mismos tendrían efectos generales y vincularían a todos los poderes públicos y particulares, siendo que a razón de elto debería estar inmerso dentro de las fuentes normativas de la constitución como una fuente con rango similar a la ley y no dentro de las fuentes con rango distinto a la ley, en la medida que su vinculación es tal que se constituye en una regla jurídica con la mima fuerza y efectos que una ley |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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