En torno al interrogatorio del imputado previo a la incoación del proceso inmediato en el supuesto de aplicación del artículo 446 inciso c del Nuevo Código Procesal Penal
Descripción del Articulo
El propósito de la presente Tesis tiene como fin Determinar si el interrogatorio del imputado previo a la incoación del Proceso Inmediato en el supuesto del artículo 446 inciso c del Nuevo Código Procesal Penal debe considerarse como una diligencia de carácter obligatorio. En consecuencia y frente a...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2018 |
Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
Repositorio: | UCV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/31116 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/31116 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Proceso Inmediato Interrogatorio del Imputado https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | El propósito de la presente Tesis tiene como fin Determinar si el interrogatorio del imputado previo a la incoación del Proceso Inmediato en el supuesto del artículo 446 inciso c del Nuevo Código Procesal Penal debe considerarse como una diligencia de carácter obligatorio. En consecuencia y frente a nuestro objetivo, se podrá constatar que a lo largo del desarrollo del tema referente a si el previo interrogatorio del imputado debe considerarse como una diligencia de carácter obligatorio para poder incoar un Proceso Inmediato. Para alcanzar el objetivo propuesto se entrevistó a seis funcionarios públicos del Ministerio Público entre ellos fiscales adjuntos y provinciales, dos abogados defensores públicos y dos Jueces penales quienes en su mayoría consideraron innecesario el interrogatorio del imputado ya que éste tiene derecho incluso hasta de mentir así como también hacer uso de su derecho a guardar silencio y que al tratarse de delito evidente el hecho debería estar acreditada con otros elementos de convicción; a su vez se realizaron encuestas con preguntas abiertas a diez personas agraviadas quienes señalaron que el Juez debería tomar en cuenta solo los elementos evidentes del delito que certifiquen taxativamente que la persona denunciada es la culpable más no se debería considerar el previo interrogatorio del imputado. De esta manera, el logro de los resultados así como las entrevistas son respaldadas con nuestro análisis documental; de igual forma con los resultados de las diversas investigaciones tal como (jurisprudencia nacional, legislación comparada, tesis); concluyendo que no se debería considerar al previo interrogatorio del imputado como una diligencia de carácter obligatorio para poder incoar un Proceso Inmediato, aun teniendo suficientes elementos evidentes que sindiquen que la persona que está siendo investigada es a quien se le atribuye el delito directamente sin duda alguna. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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