La Seguridad Jurídica y la oponibilidad de un tercero en el derecho de propiedad no inscrito en Majes 2021

Descripción del Articulo

La investigación tuvo como objetivo general, analizar de qué manera la falta de seguridad jurídica del acreedor, incide en la Oponibilidad de un tercero en el derecho de propiedad no inscrito en Majes, 2021; la investigación tiene un enfoque cualitativo con un tipo de investigación básica y de diseñ...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Flores Lopez, Ruth Yanet, Zambrano Cueva, María José
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/116385
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/116385
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Propiedad
Registros públicos
Buena fe
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La investigación tuvo como objetivo general, analizar de qué manera la falta de seguridad jurídica del acreedor, incide en la Oponibilidad de un tercero en el derecho de propiedad no inscrito en Majes, 2021; la investigación tiene un enfoque cualitativo con un tipo de investigación básica y de diseño fenomenológico. En consecuencia, se llegó a la conclusión que existe demora en la publicidad registral y deficiencias normativas vigentes, que no protejan el embargo inscrito a favor del acreedor, frente a un derecho de propiedad no inscrito , o mejor dicho clandestina, generando así, procesos de tercería de propiedad, en donde se configuran derechos de distinta naturaleza, exactamente derecho de propiedad frente al derecho de crédito, el acreedor embargante no pueda ejecutar dicha propiedad y termine perdiendo su crédito que había intentado proteger mediante la medida cautelar. Y como conclusión final, la seguridad jurídica es un principio universal por lo tanto su aplicación es para todos los derechos, sea de la naturaleza que sea, es por ello que cuando se realiza el embargo sobre dicho bien, se daría lugar un derecho real, tal cual lo señala el artículo 881° del C.C, y 885° inc. 10, en tal sentido, el embargo si debería ser amparado otorgándole seguridad jurídica.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).