Regulación normativa para la elevación de actuados al final de diligencias preliminares, distrito judicial Lima 2020

Descripción del Articulo

La presente investigación lleva por título Regulación normativa para la elevación de actuados al final de las diligencias preliminares, distrito judicial Lima 2020. tuvo como objetivo determinar cómo es el procedimiento para la elevación de actuados al final de las diligencias preliminares en el Dis...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Espinoza Ocaña, Cesar Antonio
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/53325
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/53325
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho Penal - Perú
Regulación normativa
Procedimiento penal - Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:La presente investigación lleva por título Regulación normativa para la elevación de actuados al final de las diligencias preliminares, distrito judicial Lima 2020. tuvo como objetivo determinar cómo es el procedimiento para la elevación de actuados al final de las diligencias preliminares en el Distrito judicial de Lima En cuanto a la metodología empleada, corresponde al diseño fenomenológico, el enfoque o la naturaleza del estudio es cualitativo, y el tipo de estudio corresponde a la teoría básica o pura, el escenario de estudio fue el Distrito Judicial de Lima. Se incluyó como participantes a 6 expertos entre ellos 02 Fiscales, 2 Asistentes Fiscales y 2 Defensores públicos, todos ellos especialistas expertos en derecho procesal penal. La técnica para recolectar información fue la entrevista y el instrumento fue la guía de entrevista. Luego del proceso de cotejo de los resultados obtenidos se llegó a la conclusión de que falta regular los presupuestos de procedencia y admisibilidad del recurso impugnatorio en la primera instancia en la que al ser la elevación de actuados un recurso devolutivo el Fiscal provincial no se pronuncia sobre el fondo y solo realiza un control de plazo de interposición el de 5 días realizando la elevación de la impugnación como si fuera un procedimiento de mero trámite con carácter de inmediatez a fin de que se pronuncie el Fiscal Ad quem quien decide si se archiva o formalice la investigación .
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).