Fundamentos para la incorporación, en el artículo 203 del Código Procesal Civil, de una sanción al demandante que, ante su inconcurrencia a la audiencia única origine la conclusión de los procesos de alimentos

Descripción del Articulo

La presente investigación pretende determinar los fundamentos para la aplicación de una sanción a la parte demandante que provoca la conclusión del proceso al no asistir a la audiencia única en procesos de alimentos, dejando al menor desamparado e indefenso debido a la irresponsabilidad del represen...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Cuaila Loyola, Ingrid Viviana, Márquez Montes, Jhonnatan Isaac
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/66110
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/66110
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Alimentos (Derecho civil) - Perú
Economía
Pensión alimentaria
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación pretende determinar los fundamentos para la aplicación de una sanción a la parte demandante que provoca la conclusión del proceso al no asistir a la audiencia única en procesos de alimentos, dejando al menor desamparado e indefenso debido a la irresponsabilidad del representante del menor ya que este no puede ejercer su derecho por la incapacidad que sobreviene debido a su edad, es preciso señalar que con esta acción se estarían vulnerando dos principios fundamentales en primer lugar el Principio del Interés Superior del Niño y el segundo es el Principio de Economía Procesal ya que la sobrecarga procesal es un mal que aqueja a nuestro poder judicial. Por otro lado, el enfoque de investigación es cualitativo, el tipo de investigación es básica, orientada a la comprensión, de diseño teoría fundamentada. Se utilizaron las técnicas de entrevista y análisis documental. Finalmente, de la recolección de datos obtenidos se concluyó que el Principio del Interés Superior del Niño es vulnerado gravemente en la conclusión del proceso de alimentos por inasistencia de la parte demandante a la audiencia única, en segundo lugar, se vulnera el principio de Economía Procesal al presentar demandas y no concurrir a los actos que el órgano jurisdiccional propone para su fin.
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