Delimitación de la imputación subjetiva al momento de emitir sentencia en los delitos de violación sexual de menor de edad

Descripción del Articulo

Esta investigación tuvo como finalidad analizar cómo se delimita la imputación subjetiva al emitir sentencias en delitos de violación sexual de menor de edad, teniendo en consideración que este delito genera una gran alarma social y que su adecuada aplicación por los jueces es crucial para evitar se...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Lopez Loaiza, Augusto
Formato: tesis doctoral
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/153369
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/153369
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Imputación subjetiva
Violación sexual
Error de tipo
Error de prohibición culturalmente condicionado
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Esta investigación tuvo como finalidad analizar cómo se delimita la imputación subjetiva al emitir sentencias en delitos de violación sexual de menor de edad, teniendo en consideración que este delito genera una gran alarma social y que su adecuada aplicación por los jueces es crucial para evitar sentencias injustas, se ha identificado que una inadecuada aplicación del error de tipo vencible y error de prohibición culturalmente condicionado pueden resultar en sentencias inapropiadas, como penas de cadena perpetua. El estudio abarcó un enfoque cualitativo de tipo básico, con diseño de teoría fundamentada, se la técnica de entrevista y análisis documental, se utilizaron los instrumentos de guía de entrevista y guía de análisis documental; concluyéndose que los jueces delimitan inadecuadamente la imputación subjetiva, equiparando el error de tipo vencible con dolo debido a la negligencia del imputado en conocer la edad de la menor; además, disminuyen o inaplican incorrectamente la pena en casos de error de prohibición culturalmente condicionado, a pesar de que el artículo 15° del Código Penal excluye la responsabilidad pena; aunque estos errores indican una conducta culposa y no dolosa, los jueces imponen penas privativas de libertad, que luego suelen ser revocadas en casación.
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