La posesión de facto como herencia a fin de solicitar la prescripción adquisitiva de dominio de un bien inmueble

Descripción del Articulo

En el presente trabajo de investigación presento como objetivo general: determinar en qué medida beneficia al heredero del posesionario primigenio de facto, poder adquirir por herencia la posesión de su causante. Se utilizaron trabajos previos tanto a nivel internacional, nacional y local, doctrina...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Coronado Fernández, Franklin
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/43935
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/43935
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho a la posesión
Herencias y sucesiones
Bienes inmuebles
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:En el presente trabajo de investigación presento como objetivo general: determinar en qué medida beneficia al heredero del posesionario primigenio de facto, poder adquirir por herencia la posesión de su causante. Se utilizaron trabajos previos tanto a nivel internacional, nacional y local, doctrina tanto nacional como extranjera y jurisprudencia para fundamentar el presente trabajo. La investigación fue realizada con el diseño cuantitativo tipo descriptivo de nivel explicativo. La población estuvo conformada por los 7 jueces superiores civiles, 12 jueces especializados civiles, 2 jueces de paz letrado civiles y 3555 abogados de la Provincia de Chiclayo. La muestra se encuentra conformada 10 jueces con especialidad en Derecho Civil y 53 abogados especialistas en Derecho Civil. El instrumento aplicado fue el cuestionario para la confirmación de la hipótesis, dicho instrumento fue validado por la asesora especialista y metodológica, la confiabilidad fue medida con el programa Alfa de Cronbach teniendo como resultado 0,812 concluyendo que el instrumento aplicado es muy fiable. Finalmente se arribó a la conclusión que el heredero al poder adquirir la posesión de facto de su causante podrá sumar el plazo posesorio de este último al suyo, entendiéndose que el bien ha sido transmitido válidamente como exige el artículo 898° del Código Civil, en consecuencia, al poder sumar plazos posesorios, el nuevo poseedor heredero no tendrá que volver a computar el plazo posesorio para la solicitar la Prescripción Adquisitiva de Dominio.
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