Tributos con Fines Extrafiscales en el Perú: Necesidad Justificada o Exceso de la Potestad Tributaria

Descripción del Articulo

El Perú como cualquier otro estado en la actualidad, posee dentro de sus capacidades la Potestad Tributaria, por medio de esta cualidad el Estado peruano puede crear, regular, modificar y extinguir tributos, por medio de esto, el Estado recolecta ingresos para asegurar el funcionamiento de su estruc...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Zumarán Delgado, Fernando Miguel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad Católica de Santa María
Repositorio:UCSM-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucsm.edu.pe:20.500.12920/6468
Enlace del recurso:https://repositorio.ucsm.edu.pe/handle/20.500.12920/6468
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Tributos
Potestad Tributaria
Fines Extrafiscales
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description El Perú como cualquier otro estado en la actualidad, posee dentro de sus capacidades la Potestad Tributaria, por medio de esta cualidad el Estado peruano puede crear, regular, modificar y extinguir tributos, por medio de esto, el Estado recolecta ingresos para asegurar el funcionamiento de su estructura y aparatos estatales, financiar proyectos de infraestructura y mejoramiento, etc.; pero dicha potestad no es absoluta, sino que se encuentra limitada por los Principios Jurídicos del Derecho Tributario, estos principios sirven como límite y garantía para los contribuyentes, ya que les aseguran la protección de sus derechos y principalmente su patrimonio, dentro de estos principios destacan el Principio de Capacidad Contributiva, Principio de Legalidad - Reserva de la Ley, Principio de Igualdad, Principio de No Cofiscatoriedad entre otros. Pero con el pasar del tiempo se ha estado empezando a utilizar a los tributos como medios instrumentales para combatir situaciones anómalas y negativas que afectan a la sociedad y en especial a algunos sectores de la población, lo que ha generado que el Perú se aleje de los postulados del Derecho Tributario Clásico, que establecen que el tributo solo puede tener un fin recaudatorio, y han asumido las doctrinas del Derecho Tributario Moderno, que establecen que las normas tributarias no son meros instrumentos de la economía sino que atreves de ellas pueden cumplir con fines distintos a la recaudación, ante esta situación desde finales de la década de los años 90 y a inicios del nuevo milenio, en la normatividad tributaria peruana empezaron a aparecer los denominados tributos con fines extrafiscales, caracterizados por ser un medio excepcional de intervención del Estado en la economía para modificar conductas y comportamientos de la población justificándolo en fines parafiscales. Por tal motivo en la actualidad coexisten con los tributos clásicos (impuestos, tasas y contribuciones), tributos que combaten la evasión fiscal y la elusión fiscal, tributos que buscan reducir el consumo de bienes suntuarios, tributos que buscan promover el turismo, etc., pero estos no han estado exentos de críticas y observaciones, en el presente trabajo se ha podido recolectar algunos pronunciamientos de doctrinarios y maestros en el derecho que denuncian constantemente que la aplicación y utilización de estos afectan a los contribuyentes ya que muchas veces estos gravan acciones u hechos que no califican como reveladores de capacidad económica o que las tasa del tributo llegan ser a confiscatoria, dichas discusiones han llevado muchas veces a que se discuta ante el Tribunal Constitucional la legalidad de dichos tributos; respecto a cómo se ha desarrollado el cumplimento de sus fines extrafiscales, el presente trabajo ha identificado que se encuentran en situaciones incipientes la mayoría de los casos salvo excepciones, por tal motivo se ha llegado a la conclusión que el sistema en el que se encuentran los tributos con fines extrafiscales debe sometérsele a un mejor control y no se debe a largar su vida si estos permiten ingresos fáciles al estado sino su vigencia debería estar sujeta a si cumplen o no con su fin extrafiscal. PALABRAS CLAVES: Tributos, Potestad Tributaria, Fines Extrafiscales
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Pero con el pasar del tiempo se ha estado empezando a utilizar a los tributos como medios instrumentales para combatir situaciones anómalas y negativas que afectan a la sociedad y en especial a algunos sectores de la población, lo que ha generado que el Perú se aleje de los postulados del Derecho Tributario Clásico, que establecen que el tributo solo puede tener un fin recaudatorio, y han asumido las doctrinas del Derecho Tributario Moderno, que establecen que las normas tributarias no son meros instrumentos de la economía sino que atreves de ellas pueden cumplir con fines distintos a la recaudación, ante esta situación desde finales de la década de los años 90 y a inicios del nuevo milenio, en la normatividad tributaria peruana empezaron a aparecer los denominados tributos con fines extrafiscales, caracterizados por ser un medio excepcional de intervención del Estado en la economía para modificar conductas y comportamientos de la población justificándolo en fines parafiscales. Por tal motivo en la actualidad coexisten con los tributos clásicos (impuestos, tasas y contribuciones), tributos que combaten la evasión fiscal y la elusión fiscal, tributos que buscan reducir el consumo de bienes suntuarios, tributos que buscan promover el turismo, etc., pero estos no han estado exentos de críticas y observaciones, en el presente trabajo se ha podido recolectar algunos pronunciamientos de doctrinarios y maestros en el derecho que denuncian constantemente que la aplicación y utilización de estos afectan a los contribuyentes ya que muchas veces estos gravan acciones u hechos que no califican como reveladores de capacidad económica o que las tasa del tributo llegan ser a confiscatoria, dichas discusiones han llevado muchas veces a que se discuta ante el Tribunal Constitucional la legalidad de dichos tributos; respecto a cómo se ha desarrollado el cumplimento de sus fines extrafiscales, el presente trabajo ha identificado que se encuentran en situaciones incipientes la mayoría de los casos salvo excepciones, por tal motivo se ha llegado a la conclusión que el sistema en el que se encuentran los tributos con fines extrafiscales debe sometérsele a un mejor control y no se debe a largar su vida si estos permiten ingresos fáciles al estado sino su vigencia debería estar sujeta a si cumplen o no con su fin extrafiscal. 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